
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó a Yeni Berenice Reynoso y a la Procuraduría Genérico de la República (PGR) devolver 13 vehículos incautados en el año 2023 a la agencia Javi Automóvil Import, en la provincia La Altagracia, y reafirmó su postura contra la retención ilegal de capital sin la existencia de un caso penal.
La empresa pertenece a Melvin Javier Carpiohermano de Elyn Ernesto Carpio Peña, quien fue extraditado a los Estados Unidos en 2023 bajo acusaciones de narcotráfico internacional.
Los automóviles fueron decomisados en un nivelación del 8 de julio de ese mismo año como cuerpo del delito del proceso penalpero el Empleo Divulgado nunca depositó la imputación contra Melvin Javier, quien elevó un apoyo en el Tribunal Superior Oficinista (TSA).
Los jueces le dieron la razón y mandaron a reponerle sus capitalbasados en que, a un año de iniciarse la investigación, no existía un proceso penal.
La PGR apeló esa sentencia con un petición de revisión constitucional que el TC rechazó.
En su voto TC-0375-25el Tribunal Constitucional otorgó al caso “específico trascendencia o relevancia constitucional” porque le permitiría “continuar desarrollando su legislación respecto de la devolución de capital incautados por el Empleo Divulgado a ciudadanos que no han sido acusados penalmente”.
El TC determinó que el TSA realizó una correcta interpretación del derecho y efectuó una adecuada tutela del derecho fundamental de propiedad al fundar su audacia en la comprobación de que no existe un proceso penal libre.
“Al no existir proceso penal en su contra, ni contra los citados vehículosla Dirección de Custodia Y Filial de Capital Incautados y la PGR no pueden continuar reteniendo ilegalmente los mismos por cuanto ello atenta contra el derecho fundamental de propiedad consagrado en el artículo 51 de la Constitución”, advirtió la Inscripción Corte.
Los magistrados reiteraron su criterio de que procede acoger la entusiasmo de amparo y ordenar la devolución de capital incautados o secuestrados por el Empleo Divulgado en perjuicio de personas o empresas “que no tengan proceso penal libre o no haya una denuncia de robo de los vehículos de motor envueltos en la disputa”.
En consecuencia, procedieron a “desestimar los alegatos que ha formulado la Procuraduría Genérico de la RepúblicaLicenciada Yeni Berenice Reynoso Gómez, Claudia Lorena Gallardo Caraballo, Sourelly N. Jáquez Vialet, por cuanto pretenden explicar la prolongación de la retención ilegal y arbitraria de los vehículos en cuestión”.
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