
El abogado Manuel Fermín ha ofrecido un disección detallado sobre las posibles consecuencias legales que podría desavenir el patrón Antonio Espaillat tras su enunciación de disposición en presencia de el Profesión Notorio, en el contexto de la tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set.
Según Fermín, la penalidad máxima prevista por el Código Penal Dominicano es de dos primaveras de prisión por homicidio culposo, aplicable independientemente del número de personas afectadas.
Destacó que el cúmulo de penas, donde se suman sanciones por cada víctima, no está contemplado actualmente en el sistema penal del país y es un aspecto que aún dilación ser aceptado en una nueva aposento.
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La responsabilidad del Estado y los municipios
Fermín incluso se refirió al rol del Estado, específicamente al Profesión de la Vivienda, en cuanto a la supervisión de infraestructuras.

Aclaró que la cátedra de repasar la operatividad y condiciones de edificaciones ha sido transferida desde los ayuntamientos al Profesión de la Vivienda, limitando las competencias municipales al uso del suelo y modificaciones iniciales en los proyectos de construcción.
Enfatizó que la edificación que albergaba la discoteca Jet Set fue originalmente diseñada para ser un cine, lo que podría crear cuestionamientos sobre el cambio en el uso del suelo y si las condiciones de la estructura cumplían con las normativas actuales.
En caso de ser declarada la responsabilidad del Estado, la condena no sería penal, sino patrimonial, implicando reparaciones civiles por daños materiales y morales en torno a las víctimas y sus familiares.
Demandas individuales por daños y perjuicios
El togado explicó que tanto los familiares de las víctimas como las personas heridas o afectadas psicológicamente tienen derecho a presentar demandas individuales. «Estas demandas podrían incluir reclamos por daño íntegro, secuelas emocionales e incluso las consecuencias económicas derivadas del evento. Aunque no existen acciones colectivas en República Dominicana, es posible que las demandas individuales puedan integrarse a un proceso penal más amplio, liderado por el Profesión Notorio», aclaró en una entrevista en el software El Dia de Telesistema canal 11.



El abogado subrayó que los propietarios de la discoteca tienen una obligación de seguridad absoluta en torno a los usuarios de sus instalaciones, conocida como “obligación de resultados”.
Esta implica que los organizadores deben respaldar la seguridad del manifiesto independientemente de las circunstancias, a excepción de en casos de fuerza longevo, hechos de terceros (como un ataque terrorista) o incumplimientos directos por parte de las víctimas.
Reglamento aplicable y posibles implicaciones penales
Fermín destacó el artículo 319 del Código Penal Dominicano, que establece la figura del homicidio culposo por negligencia o inobservancia de los reglamentos, como posible cojín para las imputaciones penales.
La aplicación de esta norma dependerá de los resultados de las investigaciones y los informes periciales pendientes, los cuales deberán determinar si existió alguna negligencia por parte de los responsables.



El caso sigue en proceso, con un enfoque tanto en la búsqueda de ecuanimidad penal como en las reparaciones civiles que puedan otorgarse a las víctimas. La tragedia del Jet Set, comparable con desastres como la discoteca Cromañón en Argentina o la discoteca Kiss en Brasil, plantea la exigencia urgente de revisar las normativas y responsabilidades en torno a la seguridad en espacios de entretenimiento en el país.