
Punta Cana, RD. Una jueza federal ha suspendido la aplicación de ciertas leyes estatales de Nueva York que exigían a la fotógrafa cristiana Emilee Carpenter convidar servicios para bodas entre personas del mismo sexo, lo cual contradecía sus creencias religiosas.
Carpenter, quien sostiene que el coyunda debe ser entre un hombre y una mujer, había emprendido una batalla admitido durante primaveras para no ser obligada a efectuar en contra de su fe al ejercitar su profesión.
El veredicto, emitido por el sentenciador Frank Geraci, establece que la fotografía de bodas constituye una forma de expresión artística y personal influenciada por las convicciones de la fotógrafa.
El tribunal concluyó que dicha actividad está protegida por la Primera Rectificación de la Constitución de los Estados Unidos, lo que impide al estado imponerle la creación de contenidos que contradigan sus principios.
Carpenter sostuvo que las leyes de “empleo pública” —que prohíben la discriminación por orientación sexual e identidad de mercancías— vulneraban sus derechos a la huido expresión, la osadía de asociación.
Relacionado