Fiscalía de Brasil respalda prisión domiciliaria para ex presidente Collor de Mello por razones de vigor

La Fiscalía Normal de Brasil se pronunció este miércoles a privanza de que el ex presidente Fernando Collor de Mello cumpla su condena en régimen de prisión domiciliariaadecuado al delicado estado de vigor que enfrenta.

Collor de Mello, de 75 abriles, se encuentra actualmente recluido en un centro penitenciario de Maceió, en el noreste del país, tras sobrevenir sido condenado por la Corte Suprema por delitos de corrupción.

Según el entraña acusador, los informes médicos entregados por la defensa acreditan que el ex mandatario padece párkinson y trastorno amable bipolar, condiciones que justifican una medida menos severa de apartamiento. “La prisión domiciliaria es una medida singular pero proporcional a su permanencia y a la recaída de su estado de vigor, debidamente comprobado”, indicó la Fiscalía.

El parecer de la institución avala a una solicitud del magistrado Alexandre de Moraes, del Supremo Tribunal Federal, quien solicitó un pronunciamiento tras la petición de la defensa de Collor de Mello de que el ex presidente cumpliera su pena desde su residencia. La Fiscalía advirtió que mantenerlo alejado de su entorno natural y sin entrada continuo a cuidados médicos podría agravar aún más su estado.

Deletrear relacionada: Supremo ordena ingreso en prisión al expresidente brasileño Collor de Mello por corrupción

La Corte Suprema de Brasil ratificó el martes la condena de ocho abriles y diez meses de prisión para Collor de Mello, quien gobernó el país entre 1990 y 1992. La sentencia se relaciona con su décimo en un esquema de corrupción internamente de la empresa BR Distribuidora, entonces subsidiaria de Petrobras.

Según el arbitraje, el ex senador habría recibido cerca de 20 millones de reales (equivalentes a unos 3,5 millones de dólares) para proveer, de modo irregular, contratos de construcción de bases de distribución de combustibles.

La prisión del ex mandatario se produjo tras el rechazo, por parte del magistrado De Moraes, del postrero arbitrio lícito presentado por su defensa, lo que derivó en la orden de cumplimiento inmediato de la condena en régimen cerrado. Sin secuestro, la progreso de su situación jurídico dependerá ahora de la valentía que tome el Supremo respecto a la solicitud de prisión domiciliaria.

Fuente: Infobae

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