
Santo Domingo, rd- La Dirección Militar de Contrataciones Públicas (DGCP) informó este martes que declaró la inepto de un procedimiento de oferta pública franquista llevado a final por el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (Idoppril) para la adquisición de equipos informáticos tras constatar irregularidades en el referido proceso.
De acuerdo con la resolución Ref. RIC-0059-2025, emitida por el víscera rector tras agotar el oportuno proceso de instrucción, en virtud del memorial jerárquico presentado por la razón social Cantox Investment, S.R.L., se evidenciaron irregularidades en el procedimiento de oferta franquista IDOPPRIL-CCC-LPN-2024-0001 que conllevan la inepto del proceso, y en consecuencia de aquellos contratos que, a la término de esta atrevimiento se encuentren en ejecución.
Mediante una nota de prensa, la DGCP reveló que la institución contratante no cumplió con la reglamento vivo al no oficializar los cambios realizados en el pliego de condiciones mediante memoria de aprobación de reparación, contemplando documentos de la propuesta técnica como no subsanables, en específico, la presentación de un pequeño de «dos certificaciones de entrega satisfactoria de procesos similares en los últimos dos abriles», siendo este un documento de tipo credencial.
En ese sentido, la DGCP dijo que, todo documento que acredite una condición preexistente del oferente puede ser subsanable, conforme lo establece el artículo 3 de la Ley 340-06, así como los artículos 107 y 120 de su Reglamento de aplicación 416-23 oportuno a que la subsanación tiene por objeto que el oferente acredite la preexistencia de los requisitos exigidos, y si por alguna causa omitió entregar en su propuesta requisitos que le son inherentes a su capacidad y no a la propuesta misma presentada, éste pueda corregirla.
Esta resolución todavía anula el procedimiento de oferta Idoppril-CCC-LPN-2024-0001, para la adquisición de equipos informáticos y en consecuencia, los demás pedimentos relativos a eliminar el memoria y/o documentación definitivo de evaluación técnica, el memoria de adjudicación emitida por el Comité de compras de IDOPPRIL, así como ordenar al Comité de IDOPPRIL inspeccionar su propuesta a fin de habilitarla a la comprensión de su propuesta económica “Sobre B”, quedan subsumidos al anularse todo el procedimiento.
En caso de que, al momento de la audición de esta resolución, los contratos que hubieren resultado de este procedimiento se encuentren consumados o ejecutados, la institución contratante deberá advertir a esta Dirección Militar en un plazo no decano a 5 días hábiles un documentación explicando el estado contemporáneo de los contratos del proceso.
Para más información, los interesados pueden consultar la referida resolución en el apartado Resoluciones de Investigaciones y Reclamos de la sección Entorno Judicial del portal institucional de la DGCP https://www.dgcp.gob.do/.