
Joaquincito Papera Clan
Entendido en Derecho Castrenses
Hoy más que nunca la República Dominicana, demanda de que todos sus ciudadanos conozcan del específico rol de sus Fuerzas Armadas.
La constitución de la república les dedica dos (2) títulos contentivos de doce (12) artículos con mandatos claro y muy específicos para Seguridad y Defensa Doméstico, donde el Consejo Doméstico de Seguridad, es el primer pilar y cerebro a la vez, de la citada Seguridad y Defensa, sin retención, la misma constitución les asigna roles muy peculiar a las fuerzas militares de la nación, que son la protección, cuidador y salvaguarda de ella, las instituciones del Estado y el noble rol de la Defensa Doméstico, para ello, todavía les acreditó para su fortaleza, estructura, mando y disciplina, en su condición principales fortuna jurídicos protegidos dos (2) regímenes de control para la rendición de cuentas de estos fortuna por parte de sus miembros, según lo estatuye el artículo 254, de dicha constitución, el Régimen Penal Marcial y el Régimen Disciplinario Marcial, los cuales deben ser regidos mediante ley, por tratarse a que su aplicación en el espacio y el tiempo pasan ser parte de los derechos fundamentales de la persona, por tratarse de que en cierto modo pueden afectar el Derecho a la privilegio.
En ese sentido les invitamos observar la disposición del numeral II del Artículo 74 de nuestra carta magna o ley de leyes como todavía se le designa a nuestra constitución de la república. A estos regímenes se les conoce todavía en otras FFAA, como Fuero marcial.
¿Cuáles serían las implicaciones de no tener fuero marcial en un estado de defensa franquista?
¿Cómo afectaría la disciplina marcial la desaparición de potestad marcial durante un estado de defensa franquista?
Riesgos Fuerzas Armadas sin fuero marcial estado de defensa franquista
Consecuencias desaparición potestad marcial conflicto armado Importancia fuero marcial disciplina fuerzas armadas Atribución marcial y derechos humanos en estado de excepción
Situación justo fuero marcial República Dominicana
Papel de la rectitud marcial en tiempos de crisis
Comparación fuero marcial diferentes países estado de refriega.
Derecho internacional humanitario y potestad marcial; Protección justo militares en operaciones de defensa.
Las Fuerzas Armadas son una institución fundamental para la seguridad y soberanía de cualquier nación. En un Estado de Defensa Doméstico, una situación extraño que implica un conflicto armado, una embestida externa o una trascendental inquietud del orden conocido que requiere la intervención marcial, la desaparición de una potestad marcial o fuero marcial presenta riesgos significativos y potencialmente graves.
A continuación, se detallan los principales riesgos de no contar con una potestad marcial en este contexto:
1. Afectación de la Disciplina Marcial y la Condena de Mando
Las Fuerzas Armadas operan bajo una estructura jerárquica estricta y una disciplina rigurosa, que son esenciales para su efectividad operativa.
El fuero marcial permite que las infracciones cometidas por el personal marcial en el deporte de sus funciones o en relación con ellas sean juzgadas por tribunales especializados, que comprenden la naturaleza y particularidades de la vida marcial.
* Pérdida de autoridad y control: Si los delitos militares comunes (como la insubordinación, defección, desobediencia o deserción de puesto) fueran juzgados por la potestad ordinaria, se podría originar una percepción de impunidad o una calma en los procesos que socavaría la autoridad de los mandos y la disciplina interna.
* Decisiones ineficaces: Los jueces civiles podrían carecer del conocimiento especializado sobre tácticas militares, reglamentos internos y la peligro de ciertas infracciones en un contexto de defensa, lo que llevaría a sentencias que no reflejen la carencia de ayudar la cohesión y operatividad de la fuerza.
2. Dificultad en la Administración de Conflictos y Operaciones Militares
En un Estado de Defensa Doméstico, las operaciones militares son complejas y a menudo requieren decisiones rápidas en situaciones de inscripción presión.
* Interferencia con operaciones: La intervención de la rectitud ordinaria en casos relacionados con actos de servicio podría paralizar o dificultar operaciones críticas, ya que el personal marcial podría ser objeto de investigaciones civiles que no comprenden las dinámicas del combate o la defensa.
* Yerro de especialización: Los tribunales ordinarios no están diseñados para manejar delitos de naturaleza exclusivamente marcial (como la traición, el espionaje marcial o la violación de códigos de refriega), que requieren un entendimiento profundo del derecho marcial y el derecho internacional humanitario.
3. Peligro de Impunidad o Jurisprudencia Sesgada
Sin una potestad marcial, los actos cometidos por militares podrían caer en un «ribete» justo o ser juzgados por instancias que no tienen la experiencia ni el conocimiento para evaluarlos adecuadamente.
* Presión mediática y política: Los juicios en el ámbito civil podrían estar más expuestos a presiones externas, lo que podría afectar la imparcialidad y la celeridad de la rectitud.
* Yerro de protección jurídica: Si acertadamente el fuero marcial no debe ser un escudo para la impunidad, su propósito es afirmar que los militares sean juzgados por sus pares o por tribunales que comprendan el contexto de su servicio, garantizando un conveniente proceso adaptado a las especificidades militares.
4. Incertidumbre Jurídica para el Personal Marcial
Los militares necesitan un entorno justo claro que regule sus deberes, derechos y responsabilidades, especialmente en situaciones extremas como un Estado de Defensa Doméstico.
* Desmotivación y desconfianza: La desatiendo de un fuero marcial claro podría originar incertidumbre entre el personal, quienes podrían temer ser juzgados por actos realizados en cumplimiento de su deber en condiciones de refriega, lo que afectaría su honesto y disposición al combate.
* Partida de derecho especializada: Los tribunales militares contribuyen a la creación de una derecho específica que callejero la conducta marcial y la aplicación de la ley en el ámbito castrense.
Consideraciones sobre Derechos Humanos y Excepcionalidad
Es importante señalar que la existencia de una potestad marcial no exime a los militares de la responsabilidad por delitos comunes graves, especialmente aquellos que constituyen violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad.
En muchos sistemas legales modernos, la potestad marcial se limita estrictamente a delitos de naturaleza marcial, mientras que los crímenes ordinarios o las violaciones de derechos humanos suelen ser competencia de la potestad ordinaria.
Sin retención, en un Estado de Defensa Doméstico, donde las acciones militares son críticas para la supervivencia del Estado, contar con un entorno justo especializado que permita arbitrar con celeridad y conocimiento las infracciones militares internas es fundamental para la cohesión, disciplina y operatividad de las Fuerzas Armadas, sin perjuicio de la observancia de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
En sinopsis, la desaparición de fuero marcial en un Estado de Defensa Doméstico es un peligro significativo que podría comprometer la aptitud, la disciplina y la cohesión de las Fuerzas Armadas, debilitando la capacidad de la nación para proteger su soberanía y seguridad en momentos críticos, como los que la sociedad dominicana hoy aclama conveniente a las amenazas latentes del tema haitano, que no es nada más para nosotros sino, todavía para toda la región.