
Por Abril Peña
Joaquín Alexander Hidalgo Marte y Alex Elvin Cruz Díaz fueron arrestados, señalados públicamente como asesinos y encerrados por un crimen que no cometieron: la homicidio de la señorita Paula Santa, ocurrida en 2024 en la Zona Franca de Las Américas. Hoy, libres por fin, claman por poco más difícil que la voluntad: la desinfección de sus nombres.
Uno de ellos habló con los medios. Contó cómo su vida se ha derrumbado. Perdió su trabajo, la confianza de su entorno y la tranquilidad de su tribu. Su hijo de casi nada siete abriles le preguntó por qué le llaman homicida. Su causa no ha dejado de rezumar. Él mismo aún carga con la examen de sospecha en cada esquinazo. Lo vivido en la prisión —según relata— fue un báratro. Y ahora pide lo intrascendente: que el Estado, que lo encarceló por error, lo reconozca y lo repare.
Pero, ¿qué pasa cuando la neutralidad se equivoca en República Dominicana? ¿Existe un mecanismo vivo de resarcimiento?
La respuesta es sí… pero en el papel. El artículo 20 del Código Procesal Penal reconoce el derecho a ser indemnizado por errores judiciales, y el artículo 255 obliga al Estado a compensar al condenado absuelto tras la revisión de su caso. Sin requisa, en la habilidad, son muy pocos los que logran una reparación efectiva.
Los casos en los que el Estado ha sido obligado a avalar una indemnización por este tipo de errores son contados. Uno de los pocos ocurrió en 2009, cuando se ordenó compensar a un hombre injustamente preso con el equivalente a 446 días de salario de un enjuiciador de primera instancia. Otro caso más fresco involucró a una persona que pasó un año en prisión preventiva y fue absuelta; además se logró una sentencia a distinción, pero tras un proceso dilatado y desgastante.
Y eso es lícitamente el problema. El proceso no es inconsciente. No baste con que el Estado te libere; tienes que pelear —otra vez— para que te reconozcan el daño. Muchos no conocen sus derechos, no tienen fortuna para demandar y enfrentan trabas institucionales que hacen casi difícil obtener neutralidad tras el error.
Casos como el de Joaquín y Alex deberían activar de inmediato una respuesta reparadora: una disculpa oficial, una indemnización proporcional y un proceso ágil para restituir su imagen pública. Porque si la neutralidad rotura, el intrascendente acto de neutralidad es contraer el error y reparar a quien lo pagó con su vida.
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