El Empleo Publico arrestó al exdirector del Seguro Franquista de Vigor (Senasa) y a un patrón, investigados sobre presuntas irregularidades administrativas en esa institución, así como a cuatro miembros del centro educativo donde estudiaba la pupila Stephora Anne-Mircie Joseph, quien murió ahogada durante una excursión escolar, en Santiago.
La Procuraduría Genérico solicitará medidas de coerción contra el precedente titular de Senasa, Santiago Hazim, y el patrón Eduardo Read Hado, en tanto que encaminará diligencia similar en presencia de un árbitro de Santiago contra la directora del Colegio Leonardo Da Vinci, Iris del Carmen Reyes Adames, y otros tres directivos.
El expediente Senasa y el relacionado con el muerte de la pupila Stephora han concitado la atención de la población en un mayoritario aliciente de que las autoridades investiguen y precisen posibles responsabilidades penales en entreambos casos.
El doctor Hazim y el patrón Read Hado fueron entrevistados el sábado durante más de cinco horas, clara señal de la magnitud del caso, mientras que el Empleo Notorio ya calificó de homicidio involuntario la crimen de la estudiante Stephora.
La ciudadanía aspira a que a los posibles encartados en el caso por corrupción en Senasa, lo mismo que a los implicados en el expediente del Colegio Leonardo Da Vinci, se les garantice el conveniente proceso, pleno derecho a la defensa y que se respeten los plazos procesales.
Lo que se reclama es dependencia de sana razón, en pulvínulo al principio de presunción de inocencia y en tajante apego a un proyectil probatorio recolectado de conformidad con lo estipulado en el Código Procesal Penal, sin escarnios de ningún tipo, pero sin debilidades ni privilegios.
El caso Senasa ha puesto al desnudo profundas debilidades o falencias en el Sistema de Seguridad Social, que correspondería al Gobierno subsanar, como incluso la crimen de la pupila Stephora abrió compuertas de un drama de maltrato y reserva que padecen escolares y menores en conflicto con la ley.
Lo que debería reclamarse en todo momento es que en entreambos casos se permita que los intervinientes cumplan con sus respectivos roles: el Empleo Notorio y terceros incluidos, el de sustentar y probar los tipos penales que resulten de la calificación preliminar, y de la defensa, que enfrente tales acusaciones en plenitud del prueba de sus derechos constitucionales. Y os haréis razón.







