
El equivocación del Tribunal Constitucional que declara inconstitucionales los artículos 210 de la Ley 285-66 (Código de Jurisprudencia Policial) y 260 de la Ley 3483-53 (Código de Jurisprudencia Marcial), que sancionaban el concúbito entre personas del mismo sexo en las fuerzas armadas y policiales, no solo representa una imposición ideológica contraria a nuestros títulos, sino todavía un llano peligro para la disciplina y la cohesión institucional.
Es importante destacar que esta sentencia se basó en una entusiasmo promovida por ciudadanos que nunca han formado parte de instituciones castrenses o policiales, y que, luego, desconocen la naturaleza y los fines de estos cuerpos. Encima, las opiniones consultadas provinieron en su mayoría de organismos pro-LGBTI+ e incluso de entidades extranjeras con agendas claramente contrarias a la soberanía y la civilización dominicana. Fuego la atención que no se consultara a los propios miembros de las fuerzas armadas o policiales, quienes son los directamente afectados y quienes mejor conocen la importancia de nutrir un régimen disciplinario firme.
Las normas impugnadas no tenían como objetivo discriminar, sino preservar la disciplina, la clase y la decente en instituciones esenciales para la seguridad franquista. Su asesinato abre la puerta a comportamientos que, en contextos castrenses, pueden afectar la operatividad, el orden y la imagen de estas instituciones. No se proxenetismo de preferencias personales, sino de exigencias funcionales propias de cuerpos que deben hacer con mecanismo y rigor.
Resulta preocupante que el Tribunal Constitucional, en sitio de defender nuestro ordenamiento procesal y cultural, se haya plegado a presiones de grupos activistas que buscan redefinir desde fuera lo que significa ser dominicano. Esta sentencia lacera nuestras costumbres, ignora la voluntad del diputado y desconoce el carácter distinto de las instituciones militares y policiales, obligado incluso por la Constitución.
Es hora de defender lo nuestro: la comunidad, la disciplina y la soberanía franquista. Esta sentencia no nos representa.







