
Foto de : AILA
El Profesión Manifiesto solicitó 12 meses de prisión preventiva contra el ciudadano peruano Santo del Pino Cuya, perceptible de difundir una falsa inquietud de seguridad aérea que obligó a suspender temporalmente las operaciones en el Aeropuerto Internacional Las Américas (AILA). El hecho, ocurrido el pasado 6 de enero, activó los protocolos de emergencia de la terminal.
Producto de la investigación, en coordinación con la Dirección Franquista de Inteligencia (DNI), el imputado fue localizado y arrestado en el sector Los Girasoles, del Distrito Franquista, donde le fue ocupada evidencia vinculadas a los hechos que se le imputan, las cuales han sido incorporadas al expediente.
De acuerdo con la investigación, el imputado realizó una señal telefónica a Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI (Aerodom), alertando sobre la supuesta presencia de un artefacto explosivo en el revoloteo CM-299 de Copa Airlines, con destino a Panamá, en momentos en que la nave espacial ya se encontraba en revoloteo con pasajeros y tripulación a borde.
La advertencia obligó a activar los protocolos establecidos, incluyendo el retorno de la nave espacial, inspección de seguridad y medidas preventivas que derivaron en la interrupción temporal de las operaciones y el desvío de vuelos alrededor de otras terminales del país.
Los organismos de seguridad de la terminal aérea confirmaron luego que se trató de una falsa inquietud, con el coherente impacto en la operatividad aeroportuaria y en la seguridad del transporte delicado.
El Profesión Manifiesto recordó que este tipo de conductas trascienden la procreación de inquietud pública, al incidir directamente sobre una infraestructura crítica y su impacto en la seguridad del sistema aeroportuario, por lo que el caso se aborda con el rigor correspondiente en el ámbito de la seguridad doméstico.
En ese sentido, solicitó, a través de los fiscales Andrés Mena y Felbelys Rosario, la imposición de 12 meses de prisión preventiva, como medida de coerción, y la declaratoria de complejidad del caso en presencia de el mediador Mayor Roa Saint Hilaire, coordinador de la Oficina Sumarial de Atención Permanente de Santo Domingo Este, quien fijó audiencia para este jueves 5, a las 9:00 de la mañana.
El entraña persecutor del delito ha regalado a los hechos la calificación jurídica provisional de violación a los artículos 3, inciso 1, pago e; 63 y 78 de la Ley 188-11 sobre Seguridad Aeroportuaria y de la Aviación Civil, que tipifican los actos de interferencia ilícita y la comunicación de información falsa que comprometa la seguridad de una nave espacial en revoloteo, sancionados con penas de 3 a 10 primaveras de prisión.
Asimismo, se le atribuye la infracción de los artículos 11 y 30 de la Ley 267-08 sobre Terrorismo, los cuales contemplan sanciones de hasta 40 primaveras de prisión.






