
Casa Doméstico del PLD | Foto: @PLDenlinea
El Partido de la Libertad Dominicana (PLD) no podrá realizar su proceso interno para escoger a su candidato presidencial en el primer trimestre de 2026, como tenía previsto. Así lo dispuso el Tribunal Superior Electoral (TSE), que acogió este lunes una medida cautelar solicitada por el dirigente peledeísta Eleuterio Rector Santos, quien impugnó la convocatoria realizada por el Comité Político del partido morado.
En una intrepidez general, el TSE suspendió con sensación inmediato la Resolución núm. 3 del 3 de marzo de 2025, mediante la cual el PLD convocaba la selección anticipada de su precandidato presidencial. Asimismo, la Ingreso Corte ordenó suspender la reunión del Comité Central pautada para el 8 de junio, por considerarla parte del cronograma derivado de dicha resolución.
Según una nota de prensa enviada a este medio, durante la audiencia pública, el tribunal rechazó todos los medios de inadmisión planteados por los abogados del PLD, incluyendo alegatos sobre supuestos vicios formales y equivocación de legalización del demandante. El veredicto se basó en la existencia de rudimentos de necesidad, apariencia de buen derecho y peligro en la atraso, para preservar la equidad entre los aspirantes y certificar los derechos fundamentales en los procesos internos.
La audiencia para conocer el fondo de la demanda fue fijada para las 2:00 p.m. de este mismo lunes.
La intrepidez del TSE refuerza la obligación de ceñirse al calendario admitido establecido por la Grupo Central Electoral, en virtud de las leyes 33-18 y 20-23.