SANTO DOMINGO.- Yl Curia de la Instrucción del distrito contencioso de Villa Altagracia impuso tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, a una abogada colaboradora del víscera persecutor, imputada por el homicidio de su pareja sentimental, en un hecho ocurrido en junio del año 2022, en el sector Panorama Hermosa del municipio Villa Altagracia, San Cristóbal.
Anny Margarita Laureano Reyes, arrestada por el Tarea Manifiesto, fungía como abogada de la Fiscalía de Villa Altagracia, al momento de asesinar a su pareja sentimental Cecilio Ramírez Agustín (Piloto).
Por atrevimiento de la jueza Sudelgy Rosario, la imputada cumplirá la prisión preventiva en la calabozo de Najayo, en San Cristóbal.
La imputada, arrestada el pasado 30 de diciembre en el sector Las Caobas, en Santo Domingo Oeste, cometió los hechos el 26 de julio de 2022, cuando, según la investigación, atacó con un arsenal blanca a Ramírez Agustín y le propinó 48 puñaladas en el cuello, rostro y pecho, causando en la víctima una hemorragia externa, indica la necropsia contencioso forense del caso.
Las evidencias indican que, para afectar un robo, Laureano Reyes sustrajo los documentos personales, joyas y teléfonos móviles de la víctima. Por otra parte, tomó una colcha, le tapó el rostro y lo dejó mal herido encerrado en el casa, emprendiendo la huida del circunstancia.
Laureano Reyes se presentó al circunstancia de los hechos la mañana del día sucesivo de tener cometido el homicidio, en término 27 julio del año 2022, en compañía del segundo teniente policial Miguel Andrés Polanco, en ese momento adscrito a la Fiscalía de Villa Altagracia.
Polanco, al notar que la imputada tocaba la puerta y no recibía respuesta del interior de la vivienda, subió hasta el casa y tras forzar unas de las hojas metálicas de las ventanas, con la finalidad de observar en torno a el interior, encontró la panorama del occiso de la víctima tirado en el suelo.
El Tarea Manifiesto, representado por el fiscalizador José Fernández Javier, le ha transmitido a los hechos la calificación jurídica provisional, en contra de Laureano Reyes, por violar las disposiciones de los artículos 295, 296, 297, 298, 302 y 303-4 numeral 11 del Código Penal Dominicano, en perjuicio de Santo Cecilio Ramírez Agustín.






