Tribunal de Perú rechaza ley permitía establecer menores como adultos

El Tribunal Constitucional (TC) de Perú declaró inconstitucional una ley promulgada por el Ejecutor en noviembre pasado que permitía establecer a los menores de 16 y 17 abriles como adultos, especialmente en delitos vinculados al crimen organizado, según confirmó este viernes su presidenta Luz Pacheco.

Según la resolución del TClos artículos del Código Penal y del Código de Ejecución Penal que introducían a este corro de menores de vida en el sistema penal ordinario vulneraban principios constitucionales.

En presencia de esto, el Constitucional ordenó que los procesos en curso sean archivados y que los adolescentes internados en cárceles comunes para adultos sean trasladados inmediatamente a centros juveniles especializados.

Igualmente, la valentía del TC establece que la vida mínima de imputabilidad penal en Perú es 18 abrilesy que los menores deben ser procesados solamente bajo el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes (CRPA).

En declaraciones a la emisora radial RPP, la titular del TC dijo entender la preocupación del Congreso en presencia de la ola de crimen organizado en el país y el hecho de que “uno tiene el temor de que nunca se van a regenerar, pero eso no es preciso porque todas las personas tienen que tener la oportunidad de resocializarse”.

“Eso se logra en los centros de formación para adolescentes que han infringido las leyes. Entonces, el Tribunal no dice ‘no los juzguen’, lo que dice es ‘no lo hagan como si fuera un adulto'”, indicó Pacheco.

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Protegidos por tratados internacionales

La magistrada insistió en que los adolescentes están protegidos por tratados internacionales y la Constitución, y que los menores infractores deben tomar una ratificación proporcional a la vida que tienen.

Encima, Pacheco afirmó que esta valentía es “una muestra que no todo lo que el Congreso tenga, diga o promulgue como normasnecesariamente el tribunal tiene que aseverar que es constitucional“.

“Lo hacemos cuando lo consideramos que es así, pero en esta oportunidad más adecuadamente entendemos que no”, aclaró la titular del TC al comentar la normas suficiente a iniciativa del Parlamento peruano.

  • La normas se aplicaba desde noviembre extremo a más de 30 delitos graves, entre ellos homicidio simple y calificado, lesiones graves, secuestro, violación sexual, narcotráfico, terrorismo, sicariato (homicidio por encargo), molestia, tráfico de personas, robo agravado y estructura criminal.

A pesar de que se buscaba aplicar el régimen penal ordinario a los menores, los adolescentes iban a seguir bajo un sistema de protección que consideraba su vida, entorno accesible y social, incremento psicológico y situación particular de cada interno para determinar el tipo de tratamiento penitenciario.

Esta normas firmada por el presidente eventual, José Jerí, buscaba salir al frente contra los casos de sicariato y molestia que las bandas de crimen organizado han extendido en el país y que en muchos casos utilizan a menores de vida para cometer esos delitos.

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