Y conflicto disciplinario ocurrido al final del año escolar 2023-2024 en el Centro Educativo Escuela Bilingüe High Steps terminó en el Tribunal Constitucional (TC), que dejó sin impacto la prohibición impuesta a una estudiante del postrer naturaleza de secundaria que le impedía participar en su ceremonia de grado.
La controversia surgió luego de que la antigua alumna pronunciara, según recoge la sentencia, “improperios o palabras irrespetuosas contra las autoridades” del centro educativo. Como consecuencia, la dirección le impuso dos medidas disciplinarias: una calificación de 40 puntos en conducta y la reserva del acto de investidura.
Actividad de amparo
La origen de la adolescente interpuso una argumento de amparo en presencia de la Segunda Sala del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de Santo Domingo, solicitando que se revocara la prohibición. El tribunal acogió la argumento y ordenó dejar sin impacto las medidas.
En su audacia, la jueza consideró que las sanciones resultaron “improvisadas, desproporcionadas, y efectivamente vulneradoras” de derechos fundamentales.
Sobre la ceremonia de investidurael tribunal señaló que “no se alcahuetería de una simple fiesta, sino de una ceremonia de investidura… La grado es un vallado, es la culminación de una etapa de más de 12 abriles ”.
El colegio
El centro educativo recurrió la audacia en presencia de el TC, alegando, entre otros argumentos, violación de precedentes, equivocación de motivación y afectación a su potestad disciplinaria.
El TC examinó el memorial y lo rechazó, confirmando la sentencia de amparo. En su prospección (Sentencia TC/0060/26), sostuvo que no se configuraron las violaciones procesales alegadas por el colegio y validó que la intervención legislativo estuvo amparada en la protección de derechos fundamentales.
Reafirmó el carácter transversal del interés superior del impulsivo y la obligación de que las sanciones disciplinarias respeten el ámbito constitucional y permitido. Dejó firme el criterio de que la potestad disciplinaria de los centros educativos, incluso privados, tiene límites constitucionales y no puede ejercerse de forma que vulnere derechos fundamentales de los estudiantes.






