Tres juristas vaticinaron que varios artículos del nuevo Código Penal serían anulados por el Tribunal Constitucional (TC) porque chocan con fundamentos de la Constitución.
No obstante indicaron que lo aconsejable es que se hagan las modificaciones en el Congreso en el período de un año para su entrada en vigor (vacatio legis) a los fines de se pueda avanzar en su implementación, ya que señalan que la dormitorio incorpora muchas novedades que se requerían para confrontar una gran cantidad de delitos.
Durante el Piscolabis Semanal del Familia de Comunicaciones Corripio, el tema fue analizado por Olivo Rodríguez Huertas, abogado y profesor de Derecho Oficinista, Miguel Valerio, abogado penalista, y Patricia Santana, abogada constitucionalista.
Entre los puntos que entienden deber ser revisados por el TC citaron los relativos al cúmulo de pena, la penalización del pérdida, el ultraje a los funcionarios públicos, la discriminación, la responsabilidad penal de partidos e iglesias, el principio de no ser perseguido por un mismo delito dos veces, el procedimiento de aprobación, así como otros.
Exculpación
En el caso del cúmulo de pena de hasta 60 primaveras, Valerio consideró que esto equivale a la pena de homicidio o condena perpetua, adicionalmente de dudar que esto ayude a disuadir la criminalidad.
Dijo que el código aún válido plantea una fórmula que considera correcta, que es imponer la pena superior para quien cometa varios delitos.
“Sesenta primaveras es prácticamente una condena perpetua porque para tener a independencia condicional habrá que cumplir 30 primaveras”, expresó Valerio.
Otro tema que entiende debe atenderse es el principio de que no se puede perseguir dos veces por el mismo delito, se usó una palabra que requiere una interpretación constitucional. Asimismo el punto relativo a la falsedad de documentos.
Mientras que Santana consideró que un punto que debe ser atacado son los dos párrafos que se agregaron al artículo sobre la discriminación.
Estudiar: Nuevo Código Penal: Sus 3 luces y 3 sombras explicadas por abogados
Explicó que si acertadamente se penalizó la discriminación, luego se indica que se puede invocar réplica de conciencia o independencia de expresión para discriminar. “Estos dos párrafos le quita toda la operatividad, como si la discriminación no existiera, o sea como si el tipo penal no existiera”, criticó. Al respecto, Valerio consideró que esto es la argumento de un conducta reprochable, ya que no puedo discriminar por asuntos de religión.
Mientras que Rodríguez destacó que debe ser revisado totalmente el régimen punitivo del pérdida, ya que la racionalidad debe estar por encima del dogma. “Creo que esta sociedad, el Congreso, los políticos tienen que encargarse con valentía confrontar el dogmatismo religioso y interpretar con racionalidad”, afirmó.
En lo referente al artículo 310 que establece el ultraje a funcionarios públicos, Santana afirmó que limita de guisa desproporcionada el derecho a la independencia de expresión al castigar la palabra o gestos en espacios privados.
Aunque consideró que hay que mejorarlo, Valerio aseguró que que ese articulo no afecta a los periodistas y no es una mordaza para quienes que trabajan con objetividad. “Ahora hay una serie de personajes que no se sabe donde encajar que son comunicadores, que tienen el derecho a comunicar, pero que se pasan”, expresó.
Rodríguez señaló que de ahí la importancia del TC para el fortalecimiento del Estado de Derecho. “No tengo dudas que varios artículos serán objetivos de inepto”, sostuvo.
Sin bloqueo precisó que el texto completo no se caería porque no tiene vicios de forma, sino con artículos específicos.
¿Es reciente?
Mientras Valerio y Rodríguez aseguraron que la nueva dormitorio legislativa se ajusta a los nuevos tiempos, Santana difiere porque entiende debería asegurar una protección efectiva para las personas y la ley aprobada es mucho punitiva, choca con la Constitución que establece principio progresividad de los derechos.
En el caso de las mujeres, reconoció avances en la tipificación del feminicidio, aunque la lectura innovador no atendía a la verdad del país.
Agregó que en el caso del pérdida aunque se defiende una eximente como una causal, esto queda en manos del médico no de la mujer porque es quien va osar con lo cual incluyó el pérdida forzado que es el médico quien decide interrumpir el vergüenza aunque la mujer no quiera.
“Tan poca valor tiene la mujer que no puede osar cuando su vida está en pernio, pero siquiera si quiere sufrir su vergüenza”, señaló, al recapacitar que las tres causales dan la potestad a la mujer para interrumpir el vergüenza cuando sea fruto de violación, el feto sea incompatible con la vida o que peligre la vida de la matriz.
En este punto Valerio dijo que aunque el tema del pérdida es importante, no se podía detener un código de hace 184 primaveras. Dijo que antaño se condenada por solo cinco delitos: falsedad, estafa, injusticia de confianza, homicidio y robo. Mientras que ahora se castigan los delitos financieros, carreras de vehículos, el sicaritao, manipulación genética y muchos más.
Santana asimismo rechazó el castigo corporal a los niños, y el tratamiento diferente a la violación sexual en el interior del coyunda, a lo cual Valerio defendió porque tipificar la actividad sexual no consentida porque protege de guisa singular a la mujer en el interior de una relación pues muchas sufren una violencia callada por primaveras. Valoró adicionalmente la violación incestuosa.
Santana asimismo criticó es que exima de responsabilidad penal a partidos e iglesias, critica con la cual Valerio acertó. “Hubo una parte de avance y una parte que se queda en el siglo 19”, dijo Santana.
Reconoció que ha habido avances en la dormitorio, en delitos como la corrupción pública y muchos que no estaban contemplados, pero insistió es desproporcionar en otros.
“Este Código va ser objeto de varias revisiones porque aunque no podemos desmentir la carestia de un código reciente, no necesariamente este lo es, y que tiene figuras nuevas que hacían desatiendo que fueran incluidas… pero hay otros aspectos que impactan a las personas de guisa desproporcionar y no garantiza la protección de guisa adecuada en determinados hechos punibles”, afirmó Santana.
En tanto que para Rodríguez “el Código es mayoritariamente una expresión de modernidad, con algunos puntos lamentables, pero en sentido caudillo es más positivo que cenizo”.







