El Pregonero, Santo Domingo.-A solicitud del Profesión Divulgado, un tribunal condenó a la pena máxima de 30 abriles de prisión a dos hombres hallados culpables de asesinar a un ranchero para el que trabajaban y a su compañera sentimental, en un hecho ocurrido en el distrito municipal Estero Hondo, del municipio Villa Isabela, de Puerto Plata, en el mes de abril de 2023.
Juan Alberto Perdomo y Manuel Francisco Pichardo fueron condenados tras ser declarados culpables de favor asesinado al ranchero Eduardo Espléndido Pérez y a su pareja Maribel del Carmen Acosta.
Según consta en el expediente acusatorio, los dos hombres aprovecharon su condición de ser trabajadores de confianza del hoy occiso para sustraer y entregar para su beneficio personal decenas de reses pertenecientes a la víctima. Detalla que luego de que el ranchero descubriera la desaparición del reses y los enfrentara, los procesados planificaron y ejecutaron su crimen y el de su pareja.
Indica que Perdomo y Pichardo golpearon a las víctimas con palos y una presa de hierro para tuberías (Stillson), procediendo luego a derrochar sus cuerpos adentro de la finca y posteriormente simularon su desaparición.
El expediente incluso señala que luego de matar a la pareja, los dos procesados sustrajeron los teléfonos del occiso y enviaban mensajes a sus familiares para hacer creer que uno y otro estaban con vida, y continuaron vendiendo el reses robado, suplantando la identidad de Pérez.
La investigación fue realizada por los fiscales José Armando Tejada, quien falleció en el transcurso del proceso; Julio César Gómez Quintana, Patricia Lagombra, y el procurador caudillo de corte Miguel Antonio Ramos, de la Dirección de Desaparecidos.
La fiscal litigante Ana Mariela Hernández demostró la culpabilidad de los imputados más allá de toda duda mediano con la presentación de distintas pruebas, incluyendo los restos óseos incinerados de ambas víctimas y los objetos utilizados para cometer el crimen, así como teléfonos celulares, prendas de vestir con manchas de matanza y un DVR dañado para eliminar pruebas.
El Profesión Divulgado calificó el hecho de violación a los artículos 365, 266, 295, 296, 297, 302, 379 y 386-3 del Código Penal dominicano, los cuales tipifican y sancionan la asociación de malhechores, el crimen y el robo asalariado.
El Tribunal Colegiado de Puerto Plata, integrado por Jakayra Veras, Benecia Rojas y Yenny Martínez, ordenó que uno y otro cumplan la pena de 30 abriles de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe, y dispuso adicionalmente el cuota de una indemnización a los familiares de las víctimas







