La testimonio jurada de fortuna de los funcionarios y servidores públicos está regulada en República Dominicana. Esto les manda a presentar documentos sobre su patrimonio cuando son designados o elegidos para practicar un cargo en el Estado y todavía cuando culminan sus funciones.
Al respecto, la presidente de la Asociación de Cumplimiento Mundial (WCA), Capítulo República Dominicana, Tania de Audaz, consideró que la testimonio jurada de patrimonio debería ser presentada cada año con el objetivo de organizar la corrupción administrativa.
Fue durante su décimo en el Seminario Hispanoamericano de Contadores y Auditores (Selatca), el cual se celebró en Punta Cana, provincia La Altagracia, donde la entendido en cumplimiento regulatorio aseguró que un seguimiento de las declaraciones juradas podría contribuir a detectar o intuir irregularidades.
De hecho, consideró que no sería un control excesivo, sino necesario, por tratarse de “personal crítico expuesto” al manejar cuantiosas cantidades de metálico. En ese sentido, señaló que hay instituciones que lo hacen como parte de un esquema de diligencia de riesgos interno.
Argumenta que para cuando se presenta la segunda testimonio (al término de funciones), las irregularidades ya se han cometido y es increíble prevenirlas. Para ella, el objetivo es evitar que las cosas sucedan, y el sistema flagrante no es efectivo ni valioso en ese sentido.
Además, De Audaz abogó por una ampliación del enfoque basado en aventura para incluir una “debida diligencia” al personal crítico en el sector divulgado. Destacó la importancia de una veterano responsabilidad por parte de los encargados de compras.
Asumirla, afirmó la entendido, demuestra un compromiso con la integridad y se protege a sí mismo de hallarse involucrado en problemas.
Para ella, el “cumplimiento” es ética adecuadamente aplicada. No se proxenetismo solo de controles, que son importantes, sino de asegurar su legalidad, porque “la gobernanza es servir y eso exige integridad”, concluyó.
Enunciación jurada
La Ley 311-14 obliga a presentar declaraciones juradas de patrimonio al presidente y vicepresidente de República Dominicana, a senadores y diputados, a jueces, a procuradores, a ministros y viceministros.
Encima, obliga al gobernante, vicegobernador, apoderado y contralor del Porción Centralasí como a miembros de la Cámara de Cuentas y miembros de la Grupo Central Electoral. Además, a administradores y gerentes de bancos estatales.
Están obligados a determinar alcaldes, vicealcaldes, regidores y tesoreros municipales. Asimismo, embajadores, cónsules generales de República Dominicana acreditados en otros países y representantes delante organismos internacionales.
Además, tienen que transparentar su patrimonio los directores nacionales, generales y subdirectores de órganos centralizados y descentralizados del Estado, así como el rector y vicerrectores de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), entre otros.






