El Tribunal Constitucional (TC) ratificó una audacia procesal que ordena a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) abonar 70 millones de pesos a la Confederación Doméstico de Organizaciones del Transporte (Conatra) como adelanto de indemnización por los daños causados por un fuego que afectó instalaciones vinculadas a la estructura de transporte.
Cronología y causas del fuego en Conatra
La audacia está contenida en la sentencia TC/0122/26mediante la cual el Constitucional rechazó un expediente presentado por ETEDsu consejo de establecimiento y el funcionario Martín Robles Morillo contra un arbitraje previo de la Suprema Corte de Probidadque había validado la medida.
El conflicto procesal se origina en un fuego ocurrido el 4 de mayo de 2015 en la Sede de Conatraubicada en el kilómetro 18 de la autopista Duarte, en Los Alcarrizos.
El fuego se propagó por un ámbito de estacionamientos, un taller y un cementerio de chatarras donde había numerosos vehículos, incluyendo autobús y unidades destinadas a repuestos.
De acuerdo con reportes de la época, el siniestro habría comenzado en un poste del tendido eléctrico en el interior del solar de la estructuradesde donde las llamas se extendieron con destino a los vehículos estacionados y otras instalaciones del motivo.
- Los bomberos calificaron el fuego como de gran magnitudoportuno a la presencia de gomas, combustibles y una gran cantidad de unidades de transporte en el ámbito afectada.
En el motivo había aproximadamente de 300 vehículoscuyo valía total fue estimado en unos 600 millones de pesos, según declaraciones del patrón del transporte Antonio Marte, presidente de Conatra.
Decisiones judiciales y obligaciones de ETED
Tras el siniestro, Conatra demandó a ETED en reparación de daños y perjuicios. En un proceso civil posterior, los tribunales determinaron la responsabilidad de la empresa estatal y ordenaron indemnizar los daños materiales, aunque el monto definitivo de la compensación debía fijarse en un procedimiento separado.
Mientras se determina la cuantía final de la indemnizacióny mediador de referimientos ordenó a ETED abonar 70 millones como provisión, es sostener, un adelanto financiero destinado a mitigar los bienes del daño mientras concluye el proceso principal.
ETED impugnó esa audacia alegando que el mediador no podía ordenar un plazo provisional porque el monto total de los daños todavía no había sido liquidado por el tribunal competente. Asimismo sostuvo que la figura del “referimiento-provisión” no está expresamente prevista en la código dominicana.
Sin confiscación, la Suprema Corte rechazó ese argumento al considerar que el mediador de referimiento sí puede conceder un adelanto cuando existe una obligación de plazo que no está seriamente contestada y cuando se demuestra necesidad.
Al revisar el caso, el Tribunal Constitucional concluyó que la Suprema interpretó correctamente el derecho y que no se vulneraron derechos fundamentales de la empresa estatal, por lo que rechazó el expediente de revisión constitucional y dejó firme la audacia que ordena el plazo de la provisión.
En consecuencia, ETED deberá abonar los 70 millones a Conatramientras los tribunales del orden procesal determinan el monto definitivo de la indemnización por los daños derivados del fuego.






