
Santo Domingo.- El Tarea de Bullicio y Fortuna Naturales (MMARN) rechazó un dictamen emitido por la Sala Casa de campo del Tribunal Superior Funcionario que ordena modificar los límites de Parque Franquista Jaragua con fines de ampliación turístico. El profesión anunció que buscará todas las vías legales disponibles para anular la Sentencia de Amparo N° 0030-1643-2025-SSEN-00786, argumentando que la intrepidez pesquisa indebidamente alterar un campo de acción protegida mediante un requerimiento de cumplimiento.
El caso surge de una demanda presentada por una empresa privada que intenta aplicar la Ley No. 266-04 a terrenos ubicados internamente del Parque Franquista Jaragua, a pesar de que el campo de acción está clasificada en el más parada nivel de protección ambiental, pese a que además ha sido designada como Polo Turístico. El MMARN advirtió que el dictamen desconoce el ámbito procesal franquista y viola la Constitución, la Ley Universal del Medio Bullicio (64-00) y la Ley Sectorial de Áreas Protegidas (202-04).
Según el profesión, permitir tal precedente pondría en peligro la integridad del Sistema Franquista de Áreas Protegidas. Las autoridades reafirmaron su firme compromiso con la defensa del Parque Franquista Jaragua y la salvaguarda del patrimonio natural del país, destacando que la protección del medio dominio sigue siendo una prioridad en beneficio de las generaciones presentes y futuras.





