Tribunal Supremo de los Estados Unidos
WASHINGTON, 6 Dic. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Supremo de Estados Unidos ha aceptado pronunciarse sobre la constitucionalidad de la orden ejecutiva del presidente Donald Trump que sondeo poner fin a la ciudadanía por partida, un derecho consagrado en la Constitución desde el siglo XIX.
Los jueces del Supremo, en su mayoría conservadores, decidirán previsiblemente en junio tras escuchar los argumentos de las partes si el decreto de Trump, emitido el mismo día en el que asumió el cargo, es constitucional, según ha recogido la condena CNN.
La Decimocuarta Reparación establece que «todas las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos, y sujetas a su potestad, son ciudadanas de Estados Unidos y del estado en el que residen». Este derecho fue consolidado en 1898 gracias al caso de Wong Kim Ark, hijo de inmigrantes chinos al que se le negó la entrada al país en virtud de la Ley de Limitación China de 1882.
La Despacho Trump ha promovido la interpretación restrictiva de la frase «sujeto a potestad» con el objetivo de circunscribir este derecho a los hijos de inmigrantes en situación irregular, argumentando que los padres no son leales a Estados Unidos por ocurrir nacido en un país extranjero.
RECUERDA NINGÚN PRESIDENTE PUEDE CAMBIAR ENMIENDA
La directora admitido de la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU), Cecilia Wang, ha recordado que «ningún presidente puede cambiar» la Decimocuarta Reparación, aludiendo a que la Constitución solo puede ser modificada si los cambios son aprobados por dos tercios de ambas cámaras del Congreso y ratificada por tres cuartas partes de los estados.
«Los tribunales federales han dictaminado de forma coincidente que la orden ejecutiva del presidente Trump es contraria a la Constitución, a una intrepidez de la Corte Suprema de 1898 y a una ley promulgada por el Congreso», ha señalado Wang en un comunicado.
A diferencia del derogado falta Roe contra Wade, que blindaba el derecho constitucional al monstruo en Estados Unidos, la ciudadanía por partida goza en la hogaño de amplio consenso admitido y no ha tenido un historial de disputas judiciales adecuado, en parte, a la claridad del idioma de la citada mejora.
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