La Superintendencia de Vigor y Riesgos Laborales (sisalril) sancionó a las Administradoras de Riesgos de Vigor (ARS) APS y Especie Médico Asociado (GMA) por incumplir de guisa reiterada con la entrega de información financiera requerida durante procesos de auditoría y fiscalización, una conducta que, según el entraña regulador, afecta la transparencia y el control del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
En el caso de APSla pena se origina en una auditoría financiera correspondiente al período enero–diciembre de 2024, durante la cual la ARS no entregó la documentación solicitada ni en los plazos ni en la forma requerida, pese a múltiples requerimientos formales de la sisalril y comunicaciones que le instruían a presentar un plan de actividad para corregir los hallazgos detectados.
La atrevimiento está contenida en la Resolución 0019-2025emitida el 24 de noviembre de 2025, mediante la cual la sisalril impuso a APS dos multas de 1.9 millones de pesos, para un total de 3.8 millones.
Según la resolución, la sisalril verificó que APS incurrió en una omisión reiterada e injustificada en la remisión de información financiera, llegando incluso a jalonar el capacidad de la auditoría.
Aunque la propia auditoría recoge que la empresa admitió deficiencias significativas y alegó que estas no respondían a mala fe ni a intentos de ocultamiento, el entraña regulador concluyó que la negativa original, las dilaciones injustificadas y la entrega extemporánea de información evidenciaron una resistor sostenida a la trabajo fiscalizadora.
La pena contra APS se produce por otra parte en un contexto de historial recientesluego de que la ARS fuera sancionada en primaveras anteriores por afiliaciones falsas y otras irregularidades.
En cuanto a GMAla sisalril impuso sanciones mediante la Resolución 0018-2025del 5 de noviembre de 2025, incluso con dos multas de 1.9 millones de pesos, para un total de 3.8 millones, elevando a 7.7 millones de pesos el monto integral de las sanciones.
La Sisalril rechazó el argumento de GMA de que mantiene una “confín punitiva”, y recordó que, conforme al artículo 32 de la Ley 87-01, el gimnasia de la potestad sancionadora es una obligación, orientada a asegurar la moralidad, la equidad y la protección del interés notorio. Finalmente, el entraña supervisor ordenó a GMA la remisión y carga inmediata de los esquemas pendientes en la plataforma SIMON.






