
La Superintendencia de Pensiones (Sipen) implementa medidas para suministrar a los familiares de afiliados fallecidos en el Jet Set el acercamiento a los beneficios correspondientes, eliminando el requisito obligatorio de presentar el Relación Policial y/o documento emanado de autoridad competente en caso de homicidio no natural del afiliado o pensionado.
A través de la circular 135-25 emitida por la Sipen, cada una de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) implementará con objeto inmediato esta nueva medida, orientada a suministrar a los familiares el acercamiento a los beneficios correspondientes.
Los beneficiarios de la pensión por sobrevivencia en una AFP son el cónyuge o compañero de vida, hijos menores de 18 primaveras, hijos entre 18 y 21 primaveras que estén solteros y estudiando, hijos de cualquier vida con una condición de discapacidad e hijos en embarazo al momento de fallecimiento el afiliado.
En caso de que el afiliado no estuviese casado o en unión vacuo y no tuviese hijos, el saldo acumulado en su cuenta de capitalización individual se les devuelve a sus herederos legales, tomando en cuenta que las herencias previsionales están exentas de impuestos sucesorales.
A través del portal de la Superintendencia de Pensiones www.sipen.gob.do se puede consultar en cuál plan de pensiones estuvo afiliado un natural fallecido conexo a la información de contacto de dicho plan, ingresando al servicio de “Consulta de Afiliado Fallecido”.
El Sección de Atención al Heredero de la Sipen está apto para consultas de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:00 p. m. en su sede ubicada en la Avenida México número 30, Gazcue o a través del teléfono 809-688-0018 ext. 1 y el correo tufuturo@sipen.gob.do.
La Superintendencia de Pensiones, de conformidad con el artículo 108 de la Ley 87-01 continúa su función de velar por el cumplidor cumplimiento de la ley y de sus normas complementarias y de proteger los intereses de los afiliados.