Servicio Conocido logra acuerdo de más de RD$3,000 millones en caso contra Maxy Montilla y sus empresas

El Pregonero, Santo Domingo.- Como resultado de una de las líneas de investigación seguida en la Operación Antipulpo, el Servicio Conocido obtuvo de un tribunal la homologación de un acuerdo, amparado en el criterio de oportunidad establecido en el entorno forense, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un orden de sus empresas aceptan su responsabilidad penal y autorizan el incautación de RD$2,000 millones en efectivo a auspicio del Estado dominicano.

El acuerdo fue presentado al tribunal por el Servicio Conocido a través de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).

Wilson Camacho, titular de la Dirección Caudillo de Persecución, y Mirna Ortiz, de la Pepca, valoraron la resolución del tribunal e indicaron que esta osadía viene a acrecentar los avances del Servicio Conocido en su lucha contra la corrupción administrativa y la impunidad que impulsa la presente procuradora común, Yeni Berenice Reynoso.

La osadía lleva a Montilla a retribuir una indemnización de RD$600 millones a las Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste), Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur) y Distribuidora de Electricidad del Ideal (EdeNorte), en resarcimiento a los perjuicios provocados por sus acciones.

Asimismo, deberá disolver las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL; Distribuidora de Materiales Eléctrico FEE, SRL; Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL; Importadora Eaglerise, SRL; TLC Negocios Globale, SRL; Watmax Lighting, SRL; Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation en un plazo de dos abriles.

Asimismo, tendrá que retribuir a la Dirección Caudillo de Impuestos Internos (DGII) la suma de RD$431,816,307.90.

Adicionalmente, autoriza el incautación de una porción de circunscripción con una superficie de 200.18 metros cuadrados, interiormente de la parcela núm. 5-C-Prov.- 85, del Distrito Catastral núm. 3, del Distrito Franquista, enclavado en la Avenida Roberto Pastoriza núm. 2, casi ángulo avenida Ortega y Gasset, del Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.

En el acuerdo, homologado por el sentenciador Raymundo Mejía, del Primer Chancillería de la Instrucción del Distrito Franquista, las empresas distribuidoras se hicieron representar por Celso Marranzini, quien funge como presidente del Consejo Unificado de las Empresas Distribuidoras (CUE).

Montilla Sierra y sus empresas, en cambio, son asistidos legalmente por Miguel E. Valerio Jiminián, Ramón Emilio Núñez y José Figueroa Guilamo.

El Servicio Conocido establece en el documento que Montilla Sierra, investigado en el proceso contra Juan Alexis Medina Sánchez y compartes, utilizó las empresas como como transporte societario para participar en los procesos de contratación pública de forma fraudulenta y en violación a las normativas que regulan las contrataciones del Estado dominicano, “logrando con ello adjudicaciones de forma ilícita en perjuicio del patrimonio divulgado”.

Señala que durante el tiempo que lo hizo gozó de privilegio y paso a informaciones privilegiadas.

Recuerda encima que los actos de corrupción impactaron empresas que operan con deficiencia sencillo y operativa en el servicio fundamental que deben prestar al país.

Esta situación obedeció, en gran medida, a pérdidas derivadas de prácticas de competición y de un manejo fraudulento por parte de funcionarios públicos y contratistas, dice.

Explica que Montilla Sierra muestra un incremento significativo en las contrataciones
públicas adjudicadas a sus empresas.

“Desde ese momento, varios miembros de su entorno natural y de confianza, tanto de guisa directa como indirecta, aumentaron de forma sustancial su presencia e influencia en los procesos de compras y contrataciones del Estado, especialmente en áreas estratégicas como la energética, utilizando como plataforma la cercanía con el poder político.

Indica que al suplir al Estado incurrió en   un monopolio de proveedores en el sector eléctrico que, encima, operó con información privilegiada.

Asimismo, manipuló los plazos de entrega e incurrió en estafa al Estado.

“A los fines de obtener ventajas en los procesos, se realizaron pagos de sobornos a funcionarios públicos responsables de las compras y contrataciones en el sector eléctrico. Estos pagos buscaban influir en decisiones administrativas, proporcionar modificaciones contractuales irregulares y estimular desembolsos”, indica el acuerdo homologado.

El Servicio Conocido impulsó el acuerdo en saco al numeral 6, del artículo 370, del Código Procesal Penal, el cual  establece la procedencia del Criterio de Oportunidad cuando el caso refine las condiciones para ser público enrevesado, tal como ocurrió en la investigación de la Operación Antipulpo.

“Esta disposición faculta al Servicio Conocido a solicitar la aplicación de dicho criterio cuando el imputado colabore eficazmente con la investigación, aporte información que permita evitar la continuación de la actividad delictiva o la comisión de nuevas infracciones, contribuya al esclarecimiento de los hechos investigados o proporcione datos relevantes, siempre que la obra penal que se pretende excluir sea considerablemente menos llano que los hechos punibles cuya reiteración se evita”, dice el documento.











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