
Ricardo de los Santos durante acto en el Senado.
El Senado de la República aprobó en segunda ojeada el esquema que modifica los artículos 5, 12 y 14 de la Ley 339-22, que regula el uso de medios digitales en los procesos judiciales y procedimientos administrativos del Poder Legal. La iniciativa fue presentada por la Suprema Corte de Honestidad.
Las modificaciones establecen la ampliación de las facilidades para el uso de la firma digital o electrónica calificada por parte de jueces, secretarios, servidores judiciales, auxiliares de la honradez y demás actores del sistema, con el objetivo de respaldar la autenticidad, integridad y validez de los procesos.
Asimismo, se dispone que los trámites en presencia de el Poder Legal se realicen de forma digital, sin eliminar la posibilidad de atención presencial en las distintas sedes.
Las reformas además contemplan la implementación de un sistema georreferenciado que permitirá registrar el sitio, vencimiento y hora de las diligencias realizadas por los alguaciles, fortaleciendo la seguridad jurídica mediante anciano trazabilidad y certeza en los actos procesales.
De igual modo, se habilita el entrada opcional a audiencias virtuales. En caso de no existir consenso entre las partes, corresponderá al enjuiciador atreverse la modalidad, tomando en cuenta las particularidades del caso y la materia en cuestión.






