El procurador adjunto Pedro Amador Espinosaquien encabezó la investigación y el sometimiento de la exdiputada Rosa Amalia Pilarteaseguró el viernes que la confirmación de la sentencia que la condenar a cinco primaveras de prisión, por parte del Pleno de la Suprema Corte de Honradez (SCJ), “es ejecutoria”.
Amador Espinosa afirmó a Diario Independiente que, aunque sus abogados pueden acogerse en revisión constitucional frente a el Tribunal Constitucional“el expediente no interrumpe” que se ejecute la condena.
El procurador calificó la intrepidez contra la excongresista como “trascendental” y “un precedente nunca ayer manido en la historia de distribución de jurisprudencia” en el país, por haberse pronunciado a unanimidad de los cinco magistrados de la Segunda Sala de la SCJen función de tribunal de comarca privilegiada, cuando todavía esta era diputada del partido de Gobierno, y por el dictamen ratificado este viernes en todas sus partes por el Pleno.

Por otra parte de la condenar a cinco primaveras de prisión, a ser cumplidos en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en la provincia Santiago, Amador cuantificó en más de 4 mil millones de pesos el valencia de los 13 inmuebles que la SCJ ordenó decomisarle.
- Sin secuestro, sostuvo que las sentencias “no son para celebrarlas sino para instruirse de ellas, de que el miembro de la ley alcanza a todos por igual”.
Pedro Amadoryuxtapuesto a los además procuradores adjuntos Fernando Quezada García Y Pelagio Alcántara Sánchezrepresentaron al Empleo Conocido en la denuncia de la exlegisladora de la provincia de La Vega y cuya tribu igualmente enfrenta a la jurisprudencia por lavado de activos provenientes del narcotráfico.
Exjuez de la SCJ dice no es una costumbre
El exjuez de la SCJ, Juan Hiroito Reyes, disintió de lo manifestado por el procurador adjunto Pedro Amador Espinosaal contestar que “por costumbre” las confirmaciones de una sentencia por el Pleno de esa adhesión corte “no se ejecutan” hasta tanto el Tribunal Constitucional no se pronuncie o sea vencido el plazo de someterse una revisión constitucional.

En el caso de personas que tienen una medida de coerción diferente a la prisión preventiva, como es el de la excongresista“eso es lo que se ha venido ventilando“, dijo.
“Aunque el Tribunal Constitucional no es, digamos, una cuarta instancia, pero sí es un entraña extrapoder que tiene potestad de incidir en las decisiones jurisdiccionales que dictan los tribunales como consecuencia del procedimiento que regula la ley del Tribunal Constitucional“, subrayó.
Reyes explica que “siempre se paciencia” que el TC se pronuncie porque la intrepidez que se somete a revisión constitucional “es susceptible de que pueda ser variada”
Mencionó a servicio de Rosa Amalia Pilarte el hecho de activo asistido siempre a todos los actos del proceso penal en su contra.
“Y además está la circunstancia particular, en el caso además concreto de ella, de la conformación del expediente que se le habilitó sobre un expediente de casación de una intrepidez rendida por la Segunda Sala de la SCJque hasta la colocó a ella en una situación inédita que ayer no se había registrado”, añadió el exjuez de la SCJ.
Sostuvo que en el caso de que se ejecute la sentencia contra Pilarte, ayer de una revisión constitucionalhay que notificarle la intrepidez además a un enjuiciador de ejecución de la pena y al Empleo Conocido.
“Y ahí lo que se analiza es la factibilidad porque existiendo una instancia extrapodercomo es el TCque puede arriesgarse sobre cuestiones jurisdiccionales de la SCJ, lo apropiado es que se espere el agotamiento de esos plazos y el conocimiento de que puede ser objeto de una revisión constitucional“, consideró.
En lo que sí coincidió con el procurador adjunto es que todo “el caso de ella (Pilarte) es inédito, nadie de eso se había manido ayer“.






