SCJ ordenó a Corte Penal revisar dictamen que favorecía miembro de red criminal

Santo Domingo.- la Suprema Corte de Equidad (SCJ) ordenó a la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Doméstico conocer un expediente de apelación interpuesto por los fiscales contra una sentencia que condena solo a dos abriles de prisión a un miembro de una red criminal de secuestro que operaba en los sectores La Ciénaga y Guachupita, de la caudal.

La osadía de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Equidad, integrada por los jueces Nancy Salcedo Fernández (presidenta), Frank Euclides Soto Sánchez, María Garabito Ramírez y Francisco Ortega Polanco, dispone que la Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Doméstico realice una valoración del expediente contra la condena impuesta a Leudy Santiago de la Cruz Vásquez.

La SCJ adoptó la osadía tras acoger un expediente de casación interpuesto por la Procuraduría Especializada contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y su Pelotón Antisecuestro contra la osadía de los jueces de la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Doméstico, Ysis Muñiz Almonte (presidenta), Luis Omar Jiménez Rosa, Teófilo Andújar Sánchez y Delio Germán Figueroa, que declaró inadmisible la apelación del Empleo Conocido a la referida condena.

Ramona Nova y Claudio Cordero, de la Procuraduría Especializada contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, expresaron que la osadía de la Suprema Corte se apega al derecho, al tiempo que valoraron los esfuerzos del equipo de fiscales que llevan el caso para defender a las víctimas en todas las etapas del proceso.

La sentencia del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Doméstico, integrado por las juezas Claribel Nivar Arias, Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo, fue apelada en presencia de la Corte por el Empleo Conocido en virtud de que las motivaciones carecen de fundamentos al no valorarse los medios de prueba vinculantes del procesado con la asociación de malhechores.

El Empleo Conocido solicitó a la corte del segundo nivel revocar la sentencia de 2 abriles por favor sido dictada en violación de la ley y que condenara a De la Cruz Vásquez a 20 abriles de prisión, o en su defecto, ordenar la celebración de un nuevo cordura por en presencia de un tribunal diverso del que emitió la sentencia, objeto del presente expediente.

El condenado participó en la cesión de al menos quince (15) teléfonos móviles, de la marca Iphone, todos robados con violencia, armas de fuego y en asociación de malhechores, los cuales comercializaba en una plaza de la caudal.

La red que sustraía los celulares estaba integrada por Iván Batista Perdomo, quien fue condenado en mayo de 2024 por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Doméstico, así como por 4 hombres y una mujer, que igualmente son perseguidos por dedicarse a citar a hombres por una red social enfocada en viabilizar encuentros íntimos y, luego de que la víctima accedía en asistir a un determinado superficie, era interceptada por este reunión armado que, con violencia y armas, perpetraban sus crímenes.

Una de las víctimas, de patria española, fue amenazada de homicidio, registrado con pertrechos blanca y obligado a dar la secreto de sus cuentas, tanto de teléfono como de entrada a los bancos, logrando realizarse entre los miembros de la red transferencias bancarias, adicionalmente de afectar su autogobierno ambulatoria por espacio de 45 minutos. Encima del celular, le sustrajeron otras pertenencias y patrimonio en efectivo.

Una de las víctimas compraba los celulares (al estar liberados del Icloud), siendo engañado por la red. Los robos se realizaron en las provincias La Altagracia, Santiago, Santo Domingo y Monte Plata.


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