SANTO DOMINGO.- El Pleno de la Suprema Corte de Probidad (SCJ) aprobó la modificación del Reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde con el objetivo de ampliar el resonancia de aplicación de la regularización parcelaria.
El nuevo Reglamento establece la regulación parcelaria como regla común para individualizar una porción de parcela, y reserva el deslinde como excepción para la etapa jurídico, solamente cuando resulte necesario un proceso contradictorio.
La propuesta de modificación del Reglamento núm. 790-2022 fue sometida a un proceso de consulta pública, la cual se realizó del 19 de agosto de 2025 hasta el lunes 29 de septiembre de 2025.
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Entre las ventajas de la modificación reglamentaria figuran: Se fomenta el entrada a la propiedad inmobiliaria titulada, debidamente individualizada y ubicada, mediante la simplificación de las condiciones y requisitos para la regularización parcelaria; reservación del proceso de deslinde como una figura contradictoria y de excepción, aplicable solamente en los casos con características litigiosas que ameriten la intervención jurídico.
Todavía se incentiva el uso de la regularización parcelaria, fortaleciendo la cohesión social y jurídica del sistema inmobiliario.
Entre las novedades igualmente está el asociar un párrafo al artículo 6 la Resolución núm. 790-2022, el cual establece que la anotación realizada en el Registro Complementario del inmueble, que da constancia de que el mismo está siendo objeto de un proceso de regularización parcelaria, tendrá una vigencia de un año contado a partir de su registro.
Señala que esta anotación puede ser cancelada con la aprobación o el rechazo de los trabajos técnicos emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales competente, o al vencimiento del plazo de vigencia.
El Pleno estuvo integrado por el togado presidente Henry Molina, y los magistrados Manuel Ramón Herrera Carbuccia, Francisco Antonio Jerez Mena, Manuel Alexis Read Ortiz, Fran Euclides Soto Sánchez, Nancy Idelsa Salcedo Fernández, Justiniano Montero Montero, Anselmo Alejandro Bello Ferreras, Rafael Vásquez Goico, Vanessa Elizabeth Acosta Peralta, María Garabito Ramírez, Moisés Alfredo Ferrer Landrón y Francisco Antonio Ortega Polanco.






