La Red de Observadores por la Institucionalidad (ROI) advirtió que la suspensión indefinida del Consejo Franquista de la Magistratura (CNM) mantiene en incertidumbre la designación de cinco jueces y juezas de la Suprema Corte de Conciencia (SCJ), sin una explicación oficial ni un nuevo calendario conocido, lo que crea un mal precedente que afecta la jurisprudencia dominicana.
La coalición, integrada por Décimo Ciudadana, el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC), la Fundación Friedrich Ebert (FES), Foro Ciudadano y el Centro de Investigación para la Influencia Femenina (CIPAF), llamó al CNM a retomar este proceso con la aprieto, transparencia y responsabilidad que amerita, informando oportunamente a la ciudadanía y asegurando que la designación de los jueces y juezas de la SCJ se realice en fiel apego a la Constitución.
La estructura alertó que este retraso, calificado como un hecho sin precedentes, afecta el adecuado funcionamiento del sistema de jurisprudencia y debilita la confianza ciudadana en un proceso que debe regirse por la transparencia, la objetividad y el fiel apego a la Constitución.
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Se exige el respeto a la cuota de jueces de carrera para respaldar la independencia del Poder Legislativo
ROI denunció, adicionalmente, la circulación informal de listas con posibles personas a ser designadas, lo que incrementa la percepción de opacidad y profundiza las dudas sobre la imparcialidad del proceso de selección y designación de las altas cortes.
Recordó que, de los cinco puestos actualmente vacantes en la Suprema Corte de Conciencia, al menos tres deben ser ocupados por jueces de carrera, conforme a lo establecido en la Constitución, como aval de profesionalización, independencia y fortalecimiento institucional del Poder Legislativo.
ROI denunció, además, la circulación informal de listas con posibles personas a ser designadas, incrementa la percepción de opacidad y profundiza las dudas sobre la imparcialidad del proceso de selección y designación de las altas cortes.
Retraso experto
Sostiene que el retraso, ya experto, constituye un hecho sin precedentes que mantiene en incertidumbre una valor secreto para el adecuado funcionamiento del sistema de jurisprudencia, sin que hasta la vencimiento se haya ofrecido una explicación clara ni un nuevo calendario conocido.
En ese sentido, la Red subraya la obligación constitucional de respetar la cuota de jueces y juezas de carrera procesal en la integración de la Suprema Corte de Conciencia. En el presente proceso, de los cinco puestos actualmente vacantes, al menos tres deben ser ocupados por personas provenientes de la carrera procesal, conforme a lo dispuesto por la Constitución, como una aval de profesionalización, independencia y fortalecimiento institucional del Poder Legislativo.
Insiste en la penuria de que el CNM asegure criterios de selección claros y verificables, en los que prevalezca el escalafón procesal, los abriles de experiencia, los aportes al sistema de jurisprudencia y el compromiso demostrado con la independencia procesal y con el respeto, aval y protección de los derechos humanos. La equidad de tipo y la igualdad deben ser principios transversales en esta valor.
Reglamento no prevé plazo
El Reglamento del Consejo Franquista de la Magistratura no prevé un plazo en que la escogencia del Ejecutor de los jueces de la Suprema Corte de Conciencia, y lo deja a discreción del Presidente de la República. El reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento del Consejo Franquista de la Magistratura, en cuanto a los procedimientos para la selección.






