Re-incentivar inversión para duplicar tamaño de la pertenencias

Como parte de la dietario irresoluto de reformas estructurales, los hacedores de políticas públicas tendrán que tomar importantes decisiones en cuanto a la estructura coetáneo de precios de los combustibles en República Dominicana. A continuación, principios para orientar estas futuras decisiones.

El mercado de los combustibles, que se beneficia del esquema vivo de subsidios, sufrió un descenso impresionado por el covid-19 (-10.50%) al producirse el promedio semanal de 25.23 millones de galones (2019) a 22.57 millones de galones (2020), para luego recuperarse y alcanzar un promedio semanal de 29.04 millones de galones (2024), o sea un crecimiento de 15.1% durante este período. Durante este mismo período, el crecimiento auténtico de la pertenencias alcanzó 18.5%. Por lo que va del año 2025 hasta abril, este promedio semanal continúa creciendo, con 29.41 millones de galones, confirmando el dinamismo de la pertenencias dominicana, así como la tendencia a la “premiumización” del mercado a honra de las variedades premium de gasolina y gasóleo.

Ahora acertadamente, detrás de este crecimiento se observan diferencias considerables entre los distintos tipos de combustibles, destacando el enorme crecimiento de la gasolina premium (46.1%) mientras la regular crecía de forma moderada (12.1%), aberración que se repite en el caso de ambas variedades de gasóleo, con la variedad espléndido que crece fuertemente (26.3%) mientras el regular tan pronto como lograba un 9.1%; finalmente, el gas licuado de petróleo (GLP) se mantenía prácticamente sin cambios (1.2%).

La estructura de precios de los combustibles seleccionados básicamente se compone de tres grandes partidas:

  • El precio de paridad importación (PPI): refleja el costo de importación de los combustibles terminados, referenciado con las cotizaciones semanales en dólares, multiplicadas por la tasa de cambio; esto quiere afirmar que el valía del petróleo (narración West Texas Intermediate o WTI) no tiene impacto directo en el cálculo de los precios, a pesar de ser la única variable que se comunique y se presupueste; el subsidio que se calcula semanalmente viene a acortar el costo auténtico de saldo de las importaciones de guisa que no se afecte el PPI; para la semana del 3 al 9 de mayo 2025, el GLP era el único en requerir todavía un subsidio (RD$20.94/cinta).
  • Los impuestos a los combustibles: i) el Impuesto Específico (Ley 112-00) fijado en pesos/cinta, y que en teoría se indexa trimestralmente por inflación (aunque se haya dejado de indexar desde 2015), va desde RD$28.06 (gasóleo regular) hasta RD$71.85 (gasolina premium) y no alcanza el GLP; ii) el Impuesto Ad-valorem como porcentaje sobre el PPI con una alicuota del 16% omitido el caso del avtur, al cual solo se le aplica un 6.5%; y, iii) otros dos impuestos que no se transparentan en la registro de precios; estos son la sobrecarga de RD$2.00/cinta que se cobra en Aduanas al gasóleo y la gasolina, y el Impuesto Diferencial al GLP que se cobra en la DGII nada más a las ventas de GLP equivalente a unos US$0.65/cinta;
  • Finalmente, la remuneración a los actores de la esclavitud de distribución, el costo de comercialización; si acertadamente la registro semanal de precios se refiere a estos títulos como “Márgenes de Comercialización”, en sinceridad, se proxenetismo de ingresos brutos para el Distribuidor, el Detallista y el Transportista, ingresos de los cuales se tienen que descontar todos los costos y gastos de operación, así como la amortización de las cuantiosas inversiones y la necesaria remuneración al haber invertido. Estos títulos son montos fijados en pesos/cinta y para los cuales no se ha previsto en la Ley 112-00 algún mecanismo de revisión y/o indexación cibernética.

Es conveniente evaluar el movimiento de los precios de la gasolina premium desde el cerradura de 2019 hasta la época:

  • Entre 12-2019 y 05-2025: el precio de liquidación subió 25.5%, de RD$231.20 (12-2019) a RD$290.10 (05-2025), un incremento acumulado de RD$58.90; mientras el precio del barril de petróleo tan pronto como subía 0.8%, de US$60.82 (12-2019) a US$61.30 (05-2025);
  • Entre 03-2022 y 05-2025: el precio de liquidación ha bajado muy sutilmente (-1.2%) al producirse de RD$293.60 (03-2022) a RD$290.10 (05-2025), lo que equivale a una reducción acumulada de RD$3.50; mientras el precio del barril de petróleo bajaba muy fuertemente (-38.0%) al producirse de US$98.83 (03-2022) a US$61.30 (05-2025); es importante señalar que el precio de liquidación de la gasolina premium incluía un subsidio en torno a RD$17.00/cinta en 03-2022 por lo que el precio de liquidación teórico debió tener sido RD$310.60 (vs. RD$293.60), mientras el precio de la gasolina premium debería de tener bajado en unos RD$4.00 al 03-05-2025 (esta desprecio no se ha reflejado para compensar el subsidio todavía importante de RD$20.94/cinta al GLP), por lo que debería de haberse vendido en RD$286.10; en otras palabras, fuera de subsidios, el precio de liquidación habría bajado más sensiblemente (-7.9%) al producirse de RD$310.60 (03-2022) a RD$286.10 (05-2025), lo que equivale a una reducción “normalizada” de RD$24.50 durante este período.

Un descomposición detallado de cada tipo constitutivo del precio final de liquidación muestra que este incremento por RD$58.90 se puede desglosar en cuatro causas principales:

  • Costo de la gasolina importada: RD$28.44, o sea 48.3% del total;
  • Devaluación del peso frente al dólar: RD$18.24, o sea, 31% del total;
  • Impuestos a los combustibles: RD$7.47, o sea, un 12.7% del total; y,
  • Costos de comercialización: RD$ 4.75, o sea, 8% del total.

Lo precursor evidencia un postergación en las revisiones necesarias a las tarifas de comercialización, y más especialmente en el caso del Transporte; un descomposición de indexación en pesos por la inflación acumulada desde la semana del 6 de agosto 2016 (época del postrer ajuste) equivaldría a un valía de RD$8.40/cinta, mientras una indexación para compensar la depreciación del peso una tarifa de RD$9.69/cinta, en los dos casos, muy por encima de la tarifa coetáneo (RD$5.68/cinta).

Por lo manido, contar con mecanismos para retribuir un retorno atractivo sobre futuras inversiones, y a la vez asegurar los más rigurosos estándares de seguridad en toda la red de distribución, se ha vuelto una falta impostergable para poder escoltar la visión del presidente Luis Abinader de duplicar el tamaño de la pertenencias dominicana en los próximos 10 a 12 abriles, es afirmar, alrededor de el año 2036.

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