
La pérdida de un ser querido no solo trae consigo un proceso de duelo, sino además una serie de gestiones legales y financieras que deben atenderse. Si la persona fallecida tenía productos financieros, sus herederos deberán seguir ciertos pasos para pedir esos títulos.
Isael Valdezanalista de la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana, reveló que se puede hacer para clamar los caudal de un franco fallecido y algunas recomendaciones durante el procedimiento.
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El rol de los bancos cuando fallece un cliente
Desde el momento en que reciben información sobre el fallecimiento, los bancos tienen la responsabilidad de cerrar las cuentas bancarias y otros productos financieros a nombre de esa persona. Esta medida permite avalar que los fondos sean gestionados conforme a la ley.
Este corte se mantiene hasta que los herederos entreguen evidencia a la entidad financiera de poseer completado el proceso judicial correspondiente y liquidado los impuestos sucesorales.
¿Quién puede pedir los títulos del fallecido y qué deben hacer?
El efectivo en cuentas, certificados de depósito, préstamos o inversiones que haya dejado una persona fallecida pueden ser reclamados por sus herederos legales o, en su defecto, por su cónyuge sobreviviente. En algunos casos, un comisionado judicial puede representar en representación.
Para enterarse qué productos financieros tenía esa persona, los herederos legales pueden utilizar el servicio de Información Financiera gratuita de la Superintendencia de Bancos (SB)acondicionado en el portal de Prousuario.
Esta utensilio de consulta permite probar los productos registrados a nombre del titular en entidades financieras y cambiarias. Una vez identificados, los herederos deben reunir la documentación necesaria y presentarla frente a la entidad correspondiente para iniciar el trámite.
Por otro banda, además puede solicitarse una certificación frente a la Superintendencia del Mercado de Títulos (SIMV) en caso de que existan inversiones en bonos, acciones, fondos mutuos y otros títulos.
Pero, ¿qué sucede con las deudas financieras? Al igual que los activos, estas además forman parte del patrimonio del fallecido. De acuerdo con el Código Civil Dominicano, estas deben pagarse con los caudal que conforman el patrimonio del fallecido; en caso de que existan seguros asociados a los productos financieros del finado, en su totalidad, el renta de la deuda quedará saldado por la aseguradora.
Documentos esenciales para la protesta
Con el propósito de proteger los activos y afianzar que sean entregados a los herederos legales, los bancos requieren una serie de documentos para validar el derecho de los reclamantes.
- Relación de defunción legalizada por la Reunión Central Electoral (JCE)
- Acto de notoriedad o determinación de herederos
- Documentación relacionada al impuesto sucesoral (con la Dirección de Impuestos Internos)
- Actas de inicio de los herederos, y del fallecido, si aplica, legalizadas por la JCE
Encima, según el caso, podrían requerirse otros documentos como, memoria de connubio legalizada (si el cónyuge sobreviviente realiza la protesta); testamento certificado, si existe, y documentación adicional si hay herederos fallecidos o menores de etapa.
Es importante tener en cuenta que la documentación adicional puede estar influenciada por la estructura franco y las circunstancias específicas.
Para los bancos poder finiquitar los fondos y proceder al clausura de las cuentas del fallecido, los reclamantes necesitan probar legalmente su derecho a heredar, entregando información completa, real y válida.