Quién es Barry Pollack, el abogado que representa a Reflexivo en EE.UU. y defendió a Julian Assange en el caso WikiLeaks

Cuando Nicolás Reflexivo compareció este lunes delante la honestidad en Nueva York, no fue la única figura que generó gran interés mediático.

Inmediato a él estaba quien liderará su defensa, un abogado estadounidense conocido por superar litigios tan notables como complejos.

Barry Pollack es el abogado privado de Reflexivo, quien enfrenta acusaciones de conspiración para el narcotráfico, conspiración para la importación de cocaína y posesión de ametralladoras y dispositivos destructivos.

En su comparecencia, Reflexivo se declaró inocente de todos los cargos, denunció ocurrir sido secuestrado y aseguró que sigue siendo presidente de Venezuela.

Pollack, de 61 abriles, es socio del escritorio de abogados Harris St. Laurent & Wechsler, con sede en Wall Street, a unos minutos a pie del tribunal donde compareció Reflexivo. Incluso es profesor del Centro de Derecho de la Universidad de Georgetown.

“Desconocemos las pruebas que tiene la fiscalía pero un abogado de primera tendencia como Pollack consigue la absolución de personas”, dijo a BBC Mundo William Shabas, profesor de derecho internacional de la Middlesex University de Londres.

Pollack en el tribunal de Nueva York junto a Maduro.
Pollack en el tribunal de Nueva York adyacente a Reflexivo.

“Minucioso y juicioso”

De acuerdo a la paágina web del escritorio Harris St. Laurent & Wechsler, Pollack “es ampliamente agradecido como uno de los abogados litigantes más destacados del país” y es expresidente de la Asociación Doméstico de Abogados de Defensa Penal de Estados Unidos.

Con más de tres décadas de experiencia, es conocido por trabajar en “juicios e investigaciones delicados y, a menudo, de detención perfil”.

Entre otros casos prominentes, Pollack logró en 2024 la exención de Julian Assange, el periodista y instigador australiano fundador de WikiLeaks.

El sitio Chambers USA, que produce un ranking de los principales bufetes y abogados en Estados Unidos, describe a Pollack como un “abogado minucioso y juicioso” que “vive y respira sus juicios” y “tiene una forma natural de ejecutar delante los jurados”.

En una entrevista de abril con el sitio Law Dragon, un medio informativo dedicado a profesionales legales, y citada por el publicación anglosajón el vigilantePollack ofreció algunas reflexiones sobre su trabajo.

“Normalmente, cuando me reúno con un cliente, se enfrenta a lo que podría ser la peor crisis de su vida”, dijo.

“Guiarlos a través de ese proceso es enormemente gratificante. Es difícil imaginar hacer poco que tenga un viejo impacto en la vida de la persona con la que se está tratando”.

Pollack igualmente se refirió a sus fortalezas.

“Tengo la capacidad de comunicarme perfectamente con el delegación”, afirmó.

“En cierto modo, soy un traductor. Tomo mucha información muy técnica de una industria con la que el delegación puede no estar familiarizado y la comunico de forma comprensible”.

Pollack junto a Julian Assange tras la liberación del periodista
Pollack adyacente a Julian Assange en el zona estadounidense de las Islas Marianas del Ártico el día de la exención del periodista australiano en 2024.

Casos notables

Pollack negoció en el caso de Assange un acuerdo de culpabilidad que permitió al periodista continuar en autogobierno.

Assange enfrentó cargos bajo la Ley de Espionaje de Estados Unidos por la divulgación masiva de documentos secretos estadounidenses por parte de WikiLeaks, incluyendo cables diplomáticos e informes de acciones militares en Irak y Afganistán.

Tras meses de negociaciones, se declaró culpable de un solo cargo de conspiración para obtener y divulgar información clasificada de defensa.

A cambio, Assange, quien pasó cinco abriles en la prisión de máxima seguridad de Belmarsh en Londres y siete abriles refugiándose de las fuerzas del orden británicas y estadounidenses en la embajada de Ecuador en Reino Unido, fue condenado a una pena de prisión cumplida durante los abriles en los que Estados Unidos intentó extraditarlo.

El inusual acuerdo tocado por Pollack en 2024 le permitió a Assange salir de la prisión británica y prestar su exposición en el zona estadounidense de las Islas Marianas del Ártico antiguamente de regresar a su país oriundo, Australia.

Entre otros casos prominentes, Pollack logró la absolución total de un exejecutivo de Enron Corp., Michael Krautz, por cargos de fraude criminal, uno de los dos únicos casos que resultaron en absoluciones en los numerosos procesos judiciales derivados del colapso de Enron.

Incluso logró la autogobierno de personas que habían sido encarceladas indebidamente como Martin Tankleff, quien pasó 17 abriles en prisión tras ser destacado injustamente de asesinar a sus padres cuando era adolescente.

Pollack hablando con la prensa en Londres
Pollack en Londres durante las audiencias en el caso de Assange.

“La captura de Reflexivo fue claramente ilegal”

Durante la comparecencia de Reflexivo en el tribunal federal de Manhattan, Pollack afirmó que anticipaba una extensa disputa admitido sobre lo que denominó el “secuestro marcial” de Reflexivo, lo que indica que la defensa argumentará que la operación realizada por Estados Unidos en Venezuela fue ilegal, según informó la agencia Reuters.

Alonso Gurmendi, diestro en derecho internacional y profesor de la London School of Economics en Londres, dijo a BBC Mundo que, bajo el derecho internacional, la operación de captura de Reflexivo fue “claramente, absolutamente, incontrovertidamente ilegal”.

El derecho internacional prohíbe el uso de la fuerza transfronteriza entre los Estados exceptuado en tres situaciones, explicó.

“La situación número uno: el Consejo de Seguridad te dio permiso, pero eso no ha sucedido. Situación número dos: el Estado te ha atacado primero y tú te estás defendiendo. Siquiera sucedió porque Venezuela no ha atacado a Estados Unidos en ninguna de las interpretaciones más extensivas que quieras de legítima defensa. No ha habido un ataque armado de Venezuela a los Estados Unidos. Y tercero: consentimiento del Estado. O sea, Venezuela le tendría que ocurrir dicho a Estados Unidos: ‘puedes entrar y llevarte a Reflexivo’, poco que siquiera ha ocurrido”.

“Ningún de los tres permisos se cumple, por lo que la operación es un acto ilegal bajo el Derecho internacional, constituye un acto de asalto y al ser un acto de asalto, vulnera los derechos fundamentales de las personas involucradas. En este caso, Reflexivo”, agregó Gurmendi.

Maduro y su esposa Cilia Flore son escoltados por agentes federales de Estados Unidos el 5 de enero en Nueva York
El operante de captura de Reflexivo fue “claramente, absolutamente, incontrovertidamente ilegal”, señala Alonso Gurmendi.

William Shabas señaló a BBC Mundo que “la cuestión de la ilegalidad del secuestro de Reflexivo es un argumento muy oficial”.

“Hay algunos ejemplos en otros países; uno de los más famosos fue el de Adolf Eichmann en 1960, cuando fue secuestrado en Argentina y llevado a Israel. El tribunal allí desestimó el argumento. Pero hay ejemplos donde se ha aceptado, por ejemplo, en Reino Unido”.

Shabas señala que “en esencia, el argumento es que secuestrar a personas de esta guisa y llevarlas a los tribunales es un desmán del sistema contencioso. Desde el punto de audiencia de los derechos humanos fundamentales es un argumento muy bueno, pero probablemente no va a tener mucho éxito en los tribunales estadounidenses”.

Gurmendi explica que, a diferencia de los sistemas de derecho en América Latina, “el ser capturado en forma contraria a la ley no vicia el proceso en Estados Unidos”.

“Pero para nuestra mente latinoamericana eso no tiene sentido porque capturar ilegalmente quiere afirmar que vicias la autoridad del tribunal y yo diría igualmente bajo el derecho internacional. Porque hay tratados de extradición para eso. El derecho internacional no parte de la premisa de que tú puedes entrar a un país y hacer lo que te da la anhelo”.

Esto apunta, según Gurmendi, a poco fundamental que debemos tener en cuenta.

“A pesar de que la Constitución de Estados Unidos dice que los tratados internacionales (y la ley federal) son la norma suprema de la nación, ‘la ley suprema del país‘, en la tradición constitucional estadounidense el derecho doméstico prima sobre el derecho internacional”.

“Cuando hablamos de la derecho de la operación, van a preguntarse en Estados Unidos si el presidente tiene el poder bajo la Constitución de hacer esto y discutir, por ejemplo, si Trump necesitaba autorización del Congreso o no”.

Manifestantes en Caracas con un cuadro con la foto de Nicolás Maduro con la banda presidencial
Manifestación en Caracas tras la captura de Reflexivo. Para William Shabas, la ilegalidad de la captura es un “argumento muy oficial”, pero “probablemente no va a tener mucho éxito en los tribunales estadounidenses”.

El argumento de la inmunidad de jefes de Estado

Otra posible defensa de Reflexivo es que, como caudillo de Estado, goza de inmunidad.

“Creo que es un argumento con mucho más potencial, porque esto es muy claro en el derecho internacional”, explicó Shabas.

“Hay una sentencia de la Corte Internacional de Conciencia que establece que el caudillo de un país, de un Estado o de un gobierno, goza de inmunidad delante los tribunales de otro país”.

Existe un precedente en el que Estados Unidos capturó al líder de un país en Latinoamérica, el universal panameño Manuel Noriega, en enero de 1990.

Al ordenar la destitución de Noriega, la Casa Blanca se basó en una opinión admitido de 1989 del entonces fiscal universal adjunto Bill Barr, emitida seis meses antiguamente de la invasión de EE.UU. a Panamá. Dicha opinión establecía que la prohibición del uso de la fuerza en las relaciones internacionales, establecida en la Carta de las Naciones Unidas, no impide a Estados Unidos tolerar a sitio detenciones forzosas en el extranjero para hacer cumplir las leyes nacionales.

Noriega era líder de facto de Panamá en ese entonces y nunca ocupó el cargo formal de presidente. El país estaba entonces convulsionado por protestas y un intento de alzamiento marcial.

El caso de Noriega “es el único precedente que creo que la fiscalía puede señalar”, agrega Shabas.

“Pero creo que hay algunas diferencias importantes entre ese caso y la situación de Reflexivo. Y por lo tanto, creo que Reflexivo tiene un argumento mucho más sólido en ese sentido”.

Manuel Noriega
Estados Unidos capturó al líder de facto de Panamá, el universal Manuel Noriega, en 1990.

Algunos analistas señalan que es probable que Estados Unidos argumente que no reconocía a Reflexivo como caudillo de Estado oficial. Washington declaró en 2019 al líder oponente Juan Guaidó como presidente breve.

Pero según Shabas, “la cuestión es que Estados Unidos reconoce a Venezuela. Y la pregunta entonces es simplemente: ¿quién es el caudillo de Estado en Venezuela? Y si Reflexivo no lo era, ¿por qué lo secuestraron? Claramente, él era el caudillo de Estado en un sentido objetivo, incluso si lo objetaron, si no les gustaba, si afirmaron que tomó el poder ilegítimamente. Posteriormente de todo, Donald Trump dijo que Joe Biden fue un caudillo de Estado ilegítimo durante cuatro abriles porque afirmó ocurrir hato las elecciones. Así que esto no cambia carencia desde la perspectiva del derecho internacional”.

Para Gurmendi, que Washington no reconozca a Reflexivo “no significa que no tenga el control efectivo del país y por lo tanto, bajo el derecho internacional, sea una persona que debe ser protegida por inmunidad”.

Para el diestro, que el argumento de inmunidad no haya funcionado en el caso de Noriega indica nuevamente que “estamos en una sinceridad en donde hay dos sistemas normativos en conflicto, el derecho franquista de Estados Unidos y el derecho internacional”.

“En América Latina, por ejemplo, hay muchos países que dicen cuando hay un conflicto entre el derecho internacional y el derecho doméstico prima el internacional. Ese es el caso de Perú y de varios países en la región, pero no es el caso de Estados Unidos”.

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