Qué es la similitud, el término que le ha acarreado críticas al Código Procesal Penal

Santo Domingo, RD. – La nuevo aprobación en primera recital del plan de reforma al Código Procesal Penal (CPP) ha desatado un amplio debate entre juristas quienes advierten que algunos de sus artículos podrían representar un retroceso en materia de garantías judiciales.

Entre los puntos más cuestionados figura el artículo 25, que según expertos abre la posibilidad de aplicar la similitud o la interpretación extensiva a todos los actores del sistema de imparcialidad penal, incluidas las autoridades encargadas de la persecución penal.

De acuerdo con los críticos, esta disposición ampliaría el ganancia de recital del Empleo Notorio y de los jueces más allá de lo que la ley prevé expresamente, lo que podría afectar los derechos fundamentales de los acusados, en contravención con el principio de rectitud y la Constitución dominicano

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¿Qué es la similitud en Derecho?

En el ámbito sumarial, la similitud es un método de aplicación de la ley que consiste en extender una norma existente a un caso no previsto expresamente, basándose en la dependencia esencial entre los dos supuestos.

En otras palabras, cuando no existe una norma específica para un caso, se aplica una que regule una situación parecida, por tener la misma “razón jurídica”.

En materia civil o administrativa, la similitud puede utilizarse legítimamente para satisfacer vacíos legales.

Sin secuestro, en el Derecho Penal y Procesal Penal está prohibida en perjuicio del imputado, porque significaría crear delitos, penas o procedimientos no previstos por la ley, lo que vulneraría el principio de rectitud, almohadilla del Estado de derecho.

Lo que dice el artículo 25 del plan consentido en el Senado

Según el texto consentido en primera recital por la Cámara de Diputados, el artículo 25 del plan de modificación plantea que “la similitud y la interpretación extensiva podrán aplicar a todos los actores del sistema procesal”.

Para algunos juristas, esta redacción representa un aventura directo para las garantías constitucionales de los ciudadanos.

Argumentan que permitir la aplicación extensiva de estas figuras otorgaría al Empleo Notorio facultades para interpretar la ley penal de forma amplia o creativa, poco que está expresamente prohibido en los estándares internacionales de derechos humanos.

La interpretación extensiva: otra figura en discusión

Próximo a la similitud, el plan introduce además la posibilidad de la interpretación extensiva, que rastreo ampliar el sentido de una norma existente para cubrir casos similares no expresamente mencionados.

Aunque esta aparejo es popular en el Derecho civil o oficial, en materia penal su uso además está restringido, ya que puede implicar extender el importancia del castigo o del procedimiento en perjuicio del dibujado.

El plan fue devuelto a comisión y el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, indicó que la misma sería evaluada con detenimiento.

Tras una sentencia del Tribunal Constitucional que declaró como inconstitucional el texto consentido en 2015, el Congreso tiene hasta el mes de diciembre para completar la modificación, de lo contrario, entraría en vigor nuevamente la Ley del 2002.

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