En aquel tiempo, la íntima convicción propiciaba el tránsito por caminos aviesos, hasta obtener una sentencia. De la reciedumbre de las personas que integraban el poder contencioso dependía la claudicación o la resistor.
Ofertas miserables, trastorno, promesas para la permanencia en la función, amenazaban el tortuoso decurso del proceso penal, siempre rodeado de cardos y dificultades, con o sin respaldo de los infames gestores de la ética ajena, no de la propia.
Sin redes sociales el patíbulo estaba presto. La horca era presidida por la difamación y la injuria para convertir sentencias en papel inservible. Muchas decisiones dependían de la influencia política y de la intromisión vicaria de los grupos corporativos.
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La rutina del servidor contencioso era casi monástica a pesar de los intentos para perturbarla. Hasta los más débiles, expuestos a la prevaricación, paseaban silentes por los pasillos judiciales y su vida privada era inexpugnable, aunque la maledicencia se encargaba de detectar debilidades para vociferarlas en la plaza y reproducirlas como rumor de estrado.
La creación de la Escuela Doméstico de la Judicatura y de la Carrera Procesal prohijó la renovación del poder contencioso. Sombras y luces determinaron la transformación. Hubo un menjurje entre probidad y escaso talento, entre experiencia y osadía jurídica con resultados oprobiosos.
El control de poderosas oficinas continuó incidiendo en las distintas jurisdicciones y asomaba la injerencia de los apóstoles de la ética. Iniciaron la cruzada desprestigiando el sistema, publicaban los requisitos idóneos para sus jueces. La cruzada fue exitosa, consiguieron que sus alfiles ocuparan lugares estratégicos en el poder contencioso y en el profesión notorio.
La promulgación del Código Procesal Penal– CPP- Ley 76-02- auguraba una nueva era, no obstante, el populismo punitivo venció la norma. La presunción de culpabilidad se ha impuesto con respaldo colectivo y convicción de las elites que manejan los hilos mediáticos del proceso. La mortificación contencioso prevalece y los jueces tienen que hacer cabriolas para ratificar su condición de terceros imparciales y resistir la filípica constante de la opinión pública. Los críticos de la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado del DN, cuya motivación será conocida el 25 de septiembre, comenzaron a descalificar el contenido, resultado de un trabajo pormenorizado, ayer de concluir la recitación.
El caso, de dimensiones extraordinarias, comenzó recién inaugurado el Cambio, para confirmar la independencia de la Procuraduría Militar. La incriminación puede resumirse en un efectivo “entramado de corrupción” que incluye más de 10 tipos penales. Involucra 21 personas, 19 empresas y 2 mil pruebas presentadas por las partes. Presidía el “entramado” un hermano del expresidente ( 2012-2020) condenado y una hermana descargada.
Es recomendable la recitación de la sentencia ayer de continuar la descalificación. El deporte permite más satisfacciones que agravios y posibilita entender hasta dónde llega el atropello de poder y el desprecio de la presunción de inocencia, cuando la plaza dicta. Deshonrar al tribunal demuestra desconocimiento y pasión. El CPP exige la valoración de las pruebas, sin miedo. Es la técnica jurídica que impera. La íntima convicción es asunto del pasado, coto para los sentimientos.
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