Santo Domingo.- La Dirección Ejecutiva de la Comisión Doméstico de Defensa de la Competencia (ProCompetencia) ordenó el inicio de una investigación de oficio contra los agentes económicos Ana Esmeralda Santana y Santana de Nova, Andrea Rosaura Polanco Santana e Ireana Milagros Nova Santana, tras identificar indicios razonables de coordinación de ofertas y posibles prácticas anticompetitivas en un proceso de compras públicas del Software de Viandas Escolar, convocado por el Instituto Doméstico de Bienestar Estudiantil (INABIE).
La medida fue adoptada mediante la Resolución núm. RII-DE-AAC-001-2026la primera emitida en el presente año en esta materia, con la cual la institución da inicio formal al proceso de transigencia de investigaciones correspondientes a 2026. En 2025, ProCompetencia registró un récord de cinco casos que involucraron a 16 agentes económicos.
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Durante el prospección de la documentación del proceso licitatorio, la Dirección Ejecutiva identificó múltiples coincidencias que refuerzan la hipótesis de una posible colusión entre los agentes económicos investigados. Entre los hallazgos figuran vínculos societarios entre los oferentes y el uso de una red de proveedores comunes, incluyendo un mismo certificador conocido y un mismo contador conocido calificado.
Asimismo, se constató la logro de documentos secreto, como cartas de relato bancaria con numeración consecutiva, así como la presentación de programas de control de plagas idénticos, ejecutados por la misma empresa y por el mismo técnico fumigador, en fechas coincidentes.
“Estos rudimentos sugieren una posible coordinación para manipular los resultados del procedimiento”.
La conducta bajo investigación se enmarca, de modo preliminar, en el artículo 5, fiel “b”, de la Ley núm. 42-08, que prohíbe los acuerdos entre agentes económicos para coordinar ofertas en procesos de contratación.
La Dirección Ejecutiva de ProCompetencia aclaró que la resolución emitida no prejuzga la culpabilidad de las empresas investigadas, sino que habilita la grado investigativa con el objetivo de contrastar los rudimentos disponibles y avalar el derecho a la defensa, conforme al principio de presunción de inocencia, hasta que una valor final y firme determine lo contrario.






