Este domingo, el presidente Luis Abinader promulgó oficialmente el nuevo Código Penal de la República Dominicana, convirtiéndolo en la Ley 74-25. Esta reforma sustituye la reglamento vivo desde 1884.
El nuevo compendio penal establece que este se aplicará a los 12 meses de su promulgación y publicación.
El nuevo código incluye:
La tipificación de nuevos delitos como el feminicidio, el sicariato, el ciberbullying, la violencia económica, la difusión de deepfakes con fines de chantaje, la estafa piramidal, la intermediación financiera no regulada, la instigación al suicidio; se tipifican todos los supuestos convencionales de crímenes de lesa humanidad y exterminio, la desaparición forzada, los delitos con dolo eventual y incumplimiento consciente, los daños por dopaje, el autosecuestro, la falsa denuncia, la obstrucción de conciencia y se eleva la pena para la violación sexual adentro del alianza o en relaciones de pareja.
El aumento de las penas de prisión hasta 40 primaveras, e incluso hasta 60 primaveras en caso de concurso de infracciones graves.

La creación de medidas sociojudiciales, que incluyen vigilancia posterior al cumplimiento de condena, registro de agresores sexuales y programas de reeducación para la reinserción social de los infractores.
La responsabilidad penal de las personas jurídicas, lo cual permite sancionar a personas jurídicas que, por negligencia o actos de sus representantes, incurran en delitos.
Órdenes de protección más robustas para víctimas de violencia de naturaleza, intrafamiliar o de cualquier embestida que amenace su integridad.



Protección a víctimas: órdenes de protección más robustas y registro de agresores sexuales.
Nuevo Código Penal
Durante su ultima discusión en la maratónica sesión extraordinaria en la Cámara de Diputados, la habitación sufrió 42 modificaciones, incluyendo una de las controversiales 3 causales.
La habitación legislativa que llevaba más de 20 primaveras a la retraso de puesta al día, presenta importantes avances con la inclusión de 70 tipos penales, entre ellos el terrorismo, sicariato, genocidios; infracciones muy graves de eliminación y de lesa humanidad; desaparición forzada de personas, feminicidios, inducción al suicidio, daños con sustancias químicas como el ácido del diablo, así como la acumulación de penas.







