Práctico ve urgente aumentar cotizaciones de pensiones en RD – El Nuevo Diario (República Dominicana)

Andrés Matos, Frank Aristy y Eli Heiliger. (Foto: software Periodismo y Sociedad, canal 19).

EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – El hábil en seguridad social, doctor Frank Aristy, declaró que considera urgente aumentar las cotizaciones de pensiones del 9.97% al 16.3%. Según Aristy, esta medida es la única forma de que el trabajador pueda cobrar una pensión mínimamente digna al cumplir los requisitos de 60 primaveras de permanencia y 30 primaveras de cotizaciones ininterrumpidas.

«Aquí se cotiza el 9.97% del salario del trabajador para asuntos de pensiones, el trabajador aporta el 2.87% y el empleador el 7.10%, aportes insuficientes para respaldar una pensión digna al final de la vida gremial», explicó Aristy.

El hábil detalló que ni trabajadores ni empleadores desean aumentar la cotización, lo que impide mejorar las pensiones al ser entrevistado en el software Periodismo y Sociedad en el canal 19.

Del 9.97%, el 8.40% se destina a la cuenta individual del trabajador, mientras que el resto se dirige a otros renglones que asimismo benefician al trabajador.

Aristy reiteró que, para que un trabajador reciba una pensión más o menos digna, la cotización debe aumentarse para que, en circunscripción de guardar un 8.40%, cotice con el 14.3% de su salario mensual, aumentando la cotización total al 16.3% .

«Por eso es inverosímil matemáticamente que un trabajador, ahorrando escasamente ese porcentaje de su salario, pueda disfrutar de una pensión digna a la permanencia de retiro, por lo menos equivalente al 60% de su salario. Eso es inverosímil», enfatizó.

Según sus cálculos, una persona de 60 primaveras con 30 primaveras de cotización recibirá una pensión equivalente al 22% o 25% de su salario y que  República Dominicana tiene la tasa de cotizaciones más disminución del mundo.

«Soy más animoso. Según mis cálculos, si un trabajador se retira a los 60 primaveras de permanencia y ha cotizado 30 primaveras, recibirá una pensión equivalente al 35.3% de su salario promedio. Es aseverar, si un trabajador apetito 100 mil pesos, al retirarse en estas condiciones recibirá una pensión de escasamente RD$35,300.00 pesos. Otro que gane 20 mil pesos recibiría una pensión de RD$7,000.00 pesos, y quienes se pensionen en estas condiciones ganando RD$10,000.00 pesos mensuales recibirían una pensión de escasamente RD$3,500.00», apuntó.

En cuanto a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) Aristy asimismo abordó la supervisión de las ganancias recae en la Superintendencia de Pensiones; y que para el 2024, las AFP declararon ingresos por RD$13,808,000,000.00 (trece mil ochocientos ocho millones de pesos).

Según Aristy, declararon gastos por la suma de RD$6,554,000,000.00 (seis mil quinientos cincuenta y cuatro millones de pesos), justificando así unos resultados equivalentes a RD$7,254,000,000.00 (siete mil doscientos cincuenta y cuatro millones de pesos). De estos, pagaron a la Dirección Militar de Impuestos Internos (DGII) RD$1,521,000,000.00 (mil quinientos veintiún millones de pesos), quedando a las AFP un dividendo neto de RD$5,732,000,000.00 (cinco mil setecientos treinta y dos millones de pesos).

Estos gastos son cuestionables, ya que las siete AFP juntas no tienen tres mil empleados entre todas, lo que exige una alegato más factible.

El profesional de la seguridad social dijo, «tuvimos la Ley 18-96 sobre Seguros Sociales, que creó la Caja de Seguros Sociales y luego el Instituto Dominicano de Seguros Sociales, actual desde 1948 hasta 2001. Esta ley tenía un difícil problema: era muy excluyente, solo cubría a los empleados privados con los salarios más bajos, pero no protegía a sus familiares», explicó.

El tope más suspensión aceptado y que obligaba a los patronos a cotizar era de RD$4,400.00 pesos, y no protegía a los empleados públicos ni cubría pensiones de sobrevivencia.

Por tal razón, la sociedad dominicana reclamaba una nueva ley que protegiera a toda la población. Esta fue la Ley 87-01, promulgada en 2001, con la cual nace el presente Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS).

En el país existen tres seguros: el seguro de vejez, discapacidad y sobrevivencia (pensiones), que cubre pensiones por vejez, discapacidad y sobrevivencia en caso de fallecimiento del trabajador, protegiendo a viudas e hijos. Encima, el Seguro Allegado de Vitalidad y el Seguro de Riesgos Laborales.

PNL/


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