Por: Jochi Vicente
Desde 2017 los tramos del impuesto sobre la renta (ISR) aplicables a los asalariados en República Dominicana se han mantenido congelados, en virtud de lo dispuesto en la ley de Presupuesto Genérico del Estado de cada año.
Cada adiestramiento fiscal incluye un artículo que suspende la indexación cibernética por inflación, y cada año surge el atractivo por perseverar dicha suspensión.
¿Por qué no se ajustan los tramos si los salarios y el costo de vida han aumentado? La respuesta está en la estructura del impuesto, en el nivel de exención vivo y en la comparación regional.
El minúsculo exento dominicano es muy suspensión
Nadie quiere satisfacer impuestos, pero estos son la contribución necesaria para sostener un Estado cómodo y una democracia estable. Lo comprensible es que cada uno aporte según su nivel de ingresos.
Sin retención, la gran mayoría de asalariados no paga ISR. Con el minúsculo exento coetáneo, más o menos del 78% de los trabajadores formales no aporta carencia al fisco. Es opinar, solo uno de cada cinco asalariados contribuye.
Cuando una exención cubre a casi toda la masa salarial, no tiene razonamiento económica seguir ampliándola. Ajustar los tramos por inflación solo mantendría —o ampliaría— el número de exentos, reduciendo aún más la almohadilla imponible y, por consiguiente, la colecta.
Comparar no siempre determina la política fiscal correcta, pero sí ayuda a ponerla en perspectiva. En América Latina no existe un tipificado único sobre cuánto se debe exonerar a los asalariados, aunque los datos muestran que República Dominicana es particularmente generosa.
Países como Argentina, Bolivia, Guatemala, México, Paraguay y Perú no tienen tramos exentos: todo ingreso tributa desde el primer peso o dólar.
El examen regional indica que siete países en América Latina mantienen tramos exentos superiores al dominicano. No obstante, esos países aplican tasas marginales máximas promedio de 30%, suficiente más altas que la tasa insignificante máxima dominicana del 25%.
Esto significa que República Dominicana combina una suscripción exención original con una tasa insignificante víctima, configurando un sistema que recauda menos por asalariado que la mayoría de sus pares. En ese contexto, ampliar la exención mediante indexación erosionaría aún más la almohadilla tributaria.
Si de verdad se quiere hacer una reforma de la tributación de las personas físicas, la conversación no solo puede cargar sobre que vamos a exonerar. Hay que cuchichear que se va a aumentar asimismo.
Tasas efectivas de tributación
Una cosa es la tasa insignificante, y otra muy distinta la tasa efectiva, que es lo que en realidad pagan los asalariados luego de aplicar las exenciones y escalas.
Los datos muestran que:
80% de los trabajadores paga 0% de ISR (exentos).
10% paga en promedio una tasa efectiva de 2%.
En conjunto, la tasa efectiva promedio del universo de contribuyentes es escasamente de 6%, aunque la tasa insignificante máxima sea del 25%.
En sumario, menos del 20% de los asalariados financia casi todo el ISR sindical. Cualquier ajuste automotriz de los tramos reduciría el aporte de ese agrupación, afectando la progresividad y el inmovilidad fiscal.
La no indexación desde 2017 alega a una atrevimiento deliberada de perseverar el nivel de exención coetáneo para no seguir estrechando la almohadilla tributaria.
En un país donde tres de cada cuatro asalariados no pagan ISR, donde las tasas efectivas son bajas y donde la presión fiscal total sigue por debajo del promedio regional, la prioridad no ha sido ampliar exenciones sino reforzar la colecta.
Indexar los tramos sin una reforma integral solo profundizaría la desproporcionalidad entre quienes pagan y quienes no, reduciendo aún más el espacio fiscal del Estado.







