El autor es abogado.
La ley 24-97 fué (si mi memoria no me error) la última modificación importante que se le hizo a esa vergüenza de código penal dominicano (creado en 1810 y traducido en RD en 1884).
El Plan de Código Penal no le interesa ni a los políticos, ni mucho menos a los empresarios. Para los que no lo saben, a las élites políticas no les interesa aprobar el nuevo, por una razón simple: El Plan de Código Penal contempla la incorporación de unos 80 nuevos tipos penales (delitos). Muchos de los cuales están relacionados con la corrupción administrativa y la impunidad coetáneo que conlleva la no criminalización de acciones, conductas y comportamientos que hace primaveras en otros países ya son crímenes y delitos.
Y como las élites políticas conocen de la respaldo criminal y penal (sólo se considera delito lo que la ley describe como tal y sólo se sanciona lo que la ley dispone que se sancione), mientras esas conductas no estén descritas y sancionadas en una ley, simplemente no hay delito, y si no hay delito, no hay penalidad.
Así que sin ley previa, todos los nuevos tipos penales que están en el Plan de Código Penal, simplemente son un tesina, y, por lo tanto, a nadie se puede sancionar por lo que no está descrito en una ley.
Y como nadie afila cuchillos para su propia cañón, esos más de 25 primaveras que tiene dando dorso en el Congreso Doméstico el Plan de Código Penal, ha servido para que miles de actuaciones con signos delictivos, se hayan quedado en la impunidad por desatiendo de criminalización.
Y en cuanto a las élites empresariales, el Plan de Código Penal trae la Responsabilidad de la Persona Jurídica, que no es otra cosa que investigar en la ley penal, la capacidad que tiene una entidad justo, como una empresa, una ordenamiento o una sociedad (distinta de una persona física), de ser considerada penalmente responsable por actos ilícitos, ya sean de naturaleza penal, civil, administrativa o de otro tipo, realizados en su nombre o beneficio.
La responsabilidad penal de las personas jurídicas, les impondrían a las empresas una especie de software de cumplimiento, es asegurar, un conjunto de políticas, procedimientos y medidas que tienen que adoptar las empresas (Un protocolo), para certificar que sus operaciones, empleados, directivos y actividades cumplan con las leyes, regulaciones, normas éticas y estándares aplicables, tanto nacionales como internacionales.
Así que mientras no haya Código Penal nuevo, no hay responsabilidad penal de las personas jurídicas, y si ésta última no está establecida en ninguna ley, los empresarios no tienen por qué preocuparse por un protocolo que no existe y que su incumplimiento no los sanciona.
Así que mientras no se apruebe el Plan de Código Penal, ni políticos ni empresarios tienen motivos para preocuparse mucho. Su mejor impunidad es la no existencia de esos más de 80 nuevos tipos penales (delitos), y la no existencia de la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
JPM
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