
Juan Francisco Rodríguez Consoro I Foto: fuente externa
El Poder Sumarial aclaró que la flamante valentía de la Suprema Corte de Ecuanimidad (SCJ) sobre el caso del exjuez Francisco Rodríguez Consoró no implica su reintegro a las funciones en el Noveno Supremo de la Instrucción del Distrito Franquista.
A través de un comunicado, precisó que la Tercera Sala de la Suprema Corte de Ecuanimidad no abordó aspectos materiales discutidos ni tomó partido sobre si el exjuez es o no culpable de las faltas disciplinarias que se le imputan.
“En su sentencia SCJ-TS-25-1780, de plazo 30 de junio de 2025, dicho tribunal exclusivamente determinó que en la valentía objeto de casación se incurrió en faltas de tipos formales que acarrearon su inútil”, agregó.
Respecto al caso en cuestión, la SCJ anuló una valentía del Tribunal Superior Oficinista que rechazó una demanda original incoada por el recurrente con la intención de que se revoque la valentía administrativa-disciplinaria emitida por el Consejo del Poder Sumarial, que dispuso su destitución por acaecer cometido faltas graves en el examen de sus funciones.
Destaca que según la nueva ley de casación núm. 2-23, los vicios de forma deben ser examinados de modo previa por la Suprema Corte de Ecuanimidad, la cual solo abordará los temas sustanciales cuando verifique la abandono de dichos vicios.
“Este error de la Corte de Casación no tiene como finalidad el reintegro a sus labores de Rodríguez Consoró, exjuez del Noveno Supremo de la Instrucción del Distrito Franquista. Lo único que provoca dicha valentía es que el medio contencioso funcionario sea conocido nuevamente en toda su extensión”, finaliza el documento.






