
Santo Domingo.- El artículo 24-97 del Código Penal dominicano define el acoso como cualquier conducta, ya sea aislada o reiterada, que intimide a una persona y afecte su integridad física, emocional o psicológica. Según la ley, el acoso, incluido el acoso sexual, se castiga con entre uno y 12 primaveras de prisión, multas de hasta seis salarios mínimos y otras medidas impuestas por los tribunales.
La periodista Isis Álvarez condenó lo que calificó como un acto de camelo y acoso sexual contra personal marcial durante el desfile del Día de la Independencia organizado por el Tarea de Defensa. Hablando en el software de radiodifusión. El Gobierno de la Tarde En Z101, argumentó que el desfile marcial anual es un evento franquista solemne que representa disciplina, fortaleza institucional y patriotismo y, por lo tanto, exige respeto.
Álvarez rechazó los intentos de retratar el incidente como una broma inofensiva, diciendo que si correctamente algunos lo encontraron divertido, fue ofensivo y degradante para otros. Sostuvo que tal comportamiento debería tener consecuencias legales según el Código Penal y llamó a las autoridades —incluidas la Policía Franquista, el Tarea Notorio y el Tarea de la Mujer— a investigar el caso, despabilarse rendición de cuentas y aumentar el respeto a la dignidad y la igualdad en los espacios públicos.





