
Santiago.- Tras analizar las pruebas que recolectó la Fiscalía de Santiagoun tribunal impuso una condena de 20 abriles de prisión contra un hombre que violó sexualmente a su hija de 9 abriles de etapa, en una relación incestuosa que obligó a la víctima a callar bajo amenazas de hacerle daño.
Los hechos sufridos por la víctima, ahora con 14 abriles de etapa, fueron perpetrados por su padre, cuyos datos se omiten en esta comunicación, en la intención de resguardar el derecho a la intimidad de la adolescente agraviada.
La denuncia la realizó la matriz, quien interpeló a la víctima para indagar sobre su estado de humor, recibiendo así la confesión sobre los abusos a los que estuvo expuesta, cada vez que visitaba a su progenitor en un arrabal del distrito municipal La Canela.
Con un gordinflas expediente contenido de numerosas pruebas, entre testimoniales, documentales y periciales, el fiscal litigante Pedro Martínez, hizo acento a los jueces en la repercusión a nivel mental que tiene sobre la víctima la perjuicio de las amenazas, las que el procesado le hacía, para que guardara silencio.
La presión psicológica ejercida contra la víctima, una persona indefensa, indefenso, en razón de su minoría de etapa, a quien el procesado amenazaba con hacerle daño si hablaba sobre sus abusos, constituía por sí solo una gravísima atentado que atenta contra el incremento corriente físico, psicológico y mental de quien aún es pequeño de etapa, refirió el fiscal Martínez.
La Mecanismo de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Clase, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, bajo un cuidadoso protocolo que reduce al pequeño la revictimización y exposición de la persona pequeño de etapa vulnerada, recogió su testificación y practicó las evaluaciones con médicos de la Obstetricia y Psicología adscritos al Instituto Franquista de Ciencias Forenses (Inacif).
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A nivel psicológico, se evidenció el estado de angustia, ansiedad, temor, y sentimientos de vergüenza experimentados por la víctima pequeño de etapa, por la intimidación que ejercía contra ella el procesado. Más tarde, su testificación fue corroborado delante al Centro de Entrevistas para Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, Víctimas o Testigos de Delitos de Santiago.
Los jueces Osvaldo Castillo, Esther Reyes y Luis Ernesto Torres, del Segundo Tribunal Colegiado del distrito sumarial de Santiago, impusieron la condena por los cargos relativos a la violación a los artículos 309-1, 331, 332-1, y 332-2 del Código Penal Dominicano, modificados por la Ley 24-97, sobre Violencia de Clase, y el artículo 396, literales B y C, de la Ley 136-06 que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.