MP presenta recriminación por estafa con criptomonedas – Remolacha


Santo Domingo.– La Dirección Franquista de Investigación de Delitos Financieros del Ocupación Divulgado presentó recriminación formal en contra de un hombre y una empresa que incurrieron en injusticia de confianza mediante falsas inversiones en criptomonedas.

Alexis Andrés Gómez Peña y la entidad QDR Hacienda S.R.L. fueron acusados por delante la Oficina Coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Franquista por el delito de injusticia de confianza al promover falsas inversiones en criptomonedas, divisas y acciones a través de los cuales lograron comprender entre julio de 2022 y febrero de 2023 el monto vecino de veinticinco millones de pesos dominicanos (RD$25,000,000) en perjuicio de cuatro personas y el Estado dominicano.

Como parte de su esquema fraudulento, el procesado ofrecía a las víctimas rendimientos mensuales de 10 a 11 %, utilizando contratos engañosos de “Agencia de Cuenta” para obtener control total de los fondos entregados para el manejo de la negocio y saldo de criptoactivos, divisas en los distintos mercados de títulos, así como asimismo acuerdos de entrega de títulos, los cuales luego desvió para su beneficio personal.

Los depósitos se canalizaron a través de cuentas personales del procesado Alexis Andrés Gómez Peña y de las empresas QDR Hacienda S.R.L. y Crytopay, utilizadas sin contar con autorizaciones regulatorias para manejar títulos.

La recriminación, presentada por la procuradora fiscal Elizabeth Tucent Hiraldo, contiene un robusto conjunto de rudimentos probatorios, entre estos pruebas documentales, testimoniales y periciales, recolectados conforme a los principios de moralidad y oportuno proceso.

Dichos rudimentos vinculan de modo individualizada a los acusados con los hechos investigados, permitiendo establecer la configuración de las conductas típicas que se les atribuyen de violación al artículo 408 del Código Penal dominicano, la Ley 249-17 Ley del Mercado de Títulos de la República Dominicana, artículos 3, numeral 31, 36, 37, 48, 52, 59, 154 y 173 y la Ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, artículos 28, 59, 61, 233 y 234, modificada por la Ley No. 31-11, con relación a la entidad QDR Hacienda S.R.L. (Fuente…)


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