En la República Dominicanael Código de Trabajo establece que todo trabajador despedido sin causa justificada tiene derecho a un auxilio de cesantíauna compensación económica que depende del tiempo laborado de forma continua. Este beneficio, contemplado en el artículo 80, rastreo proteger al empleado delante la pérdida del empleo y garantizarle un respaldo financiero mientras encuentra una nueva fuente de ingresos.
Loss negocioen diferentes escenarios, han señalado que el maniquí dominicano debe ser modificado y han planteado diferentes propuestas, entre ellas, satisfacer la cesantía en cuotas.
En América Latinala mayoría de las naciones han evolucionado con destino a modelos mixtos o de seguro de desempleodonde el Estado, el empleador y el trabajador contribuyen periódicamente a un fondo. En estos casos, el trabajador despedido recibe una asignación temporal, que cubre no solo boleto en efectivo, sino asimismo beneficios sociales.
“En otros países existen códigos laborales distintos. No tienen nuestra experiencia con la cesantíay en muchos casos este aspecto está mal regulado. Sin bloqueo, en nuestro país, la cesantía no ha sido un obstáculo para el progreso”, señaló el presidente de la Confederación Autónoma Sindical Clasista (Casco), Gabriel del Río Doñé.
Incluso destacó que aumentar el periodo de pruebas de tres a seis meses -como proponen los negocio– es una forma de compendiar la cesantía mientras que el trabajador, durante ese período de prueba, no cuenta con seguridad social ni ninguna protección.
“Ellos solo piensan en sus beneficios personalespero no consideran que en esos seis meses el trabajador está desprotegido”, advirtió Del Río.
En otros países
En Argentina la Ley Nº 24.013 establece que, en los casos de despido dispuesto por el empleador sin lucha causa, habiendo o no incompleto preaviso, éste deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción viejo de tres meses, tomando como pulvínulo la mejor remuneración mensual, frecuente y habitual, percibida durante el postrer año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera beocio.
En Colombiadesde 2013 el beneficio se activa para quienes han aportado entre uno y dos abriles a la Caja de Compensación. Incluye pagos a vigor y pensión, bono de comestibles y audiencia gremial. Pimiento combina una cuenta individual por cesantía y un fondo de cesantía Solidaridad.
En Brasil se ofrece una asignación basada en el promedio de los salarios de los últimos tres meses, siempre que el trabajador haya realizado al menos 12 aportes mensuales al seguro social.
En la República Dominicanala cesantía corre exclusivamente por cuenta del empleador. En la mayoría de los países comparados, los pagos provienen de fondos solidarios con aportes compartidos.
En el país la cesantía se calcula así: de tres a seis meses de trabajo continuo corresponden seis días de salario ordinario. De seis meses a un año: 13 días de salario ordinario. De uno a cinco abriles: 21 días de salario ordinario por cada año de servicio. Incluso, más de cinco abriles: 23 días de salario ordinario por cada año de servicio.
Este maniquí funciona como un plazo único asumido directamente por el empleador. No depende de un fondo acumulado ni de aportes previos, lo que lo diferencia de otros sistemas latinoamericanos.







