Por razones distintas, cinco jueces abandonan formalmente este lunes su labranza en la Suprema Corte de Imparcialidad que llenará sus vacantes con otros cinco seleccionados al final de la pasada semana por el Consejo Doméstico de la Magistratura.
Aunque la cantidad de panorama es pequeña, la misma encierra prácticamente todas las razones comunes y posibles: promoción, retiro por existencia, la valentía de no continuar y la no ratificación, esta última con sus respectivos componentes políticos y de crítica.
Napoleón Estévez: el promoción

El primero de los cinco es el magistrado Napoleón Estévez quien asumió hace ya dos abriles, la presidencia del Tribunal Constitucional.
Ese es el promoción. Su status al frente del tribunal más importante del país amerita un breve recordatorio de algunas de las posiciones que ha desempeñado en poco más de dos décadas de trabajo inicialmente como abogado y docente universitario.
Trabajó en la consulturía jurídica de la Asociación Electoral Electoral en el año 2000 y para el 2002 se vinculó igualmente como abogado con la Suprema Crte de Imparcialidad. Su periodo como togado de la Suprema Corte de Imparcialidad inició para el año 2019, desde donde fue llamado en 2023 para presidir el TC.
Blas Rafael Fernández Gómez: la valentía de no continuar

En cuanto a la valentía de no continuar, está el caso del magistrado Blas Peralta. Su período en la Suprema Corte de Imparcialidad había cadudaco en 2024 y según reportes, este le habría comunicado al presidente de La República, Luis Abinader su valentía de no continuar por otro período más.
Es unjuez experimentado que, tras licenciarse como abodago a principios de la término de 1980, pasó a desempeñarse como togado de paz de la primera Circunscripción de La Vega y que para 1982 ya era togado de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del judicatura de primera instancia en la misma población.
Abandonó la judicatura para 1985 pasando a instalarse posiciones diversas en múltiples instituciones y retornó para el 1998 como togado de la Cámara Civil,Comercial y de Trabajo de la Corte de Apelación de La Vega. Su arribada a la Suprema Corte de Imparcialidad había ocurrido para el año 2017.
Pilar Jiménez Ortiz: una salida con confrontación

El caso de la magistrada Pilar Jiménez Ortiz encaja en la categoría de no ratificación, aunque su salida ha tenido un matiz más confrontativo correcto a su reacción pública frente a las motivaciones del Consejo Doméstico de la Magistratura.
Jiménez Ortiz ocupaba la presidencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Imparcialidad y era encima la segunda sustituta del presidente del tribunal. Su trayectoria es una de las más amplias y diversas sustentada en una sólida formación académica: es doctora en Derecho por la UASD (1986), posee maestrías en Derecho Empresarial, Derecho Procesal Civil y Imparcialidad Constitucional, así como un postgrado en Procedimiento Civil.
Inició sus funciones como jueza de paz para asuntos municipales de Manganagua en 2002, para luego convertirse en jueza de primera instancia y presidenta de la Cámara Civil del Distrito Doméstico entre 2005 y 2012. Tras su promoción a jueza de Corte, ocupó posiciones relevantes en la comarca civil y seguidamente como jueza presidenta de una sala del Tribunal Superior de Tierras del Área Central. Su arribada a la Suprema Corte se produjo en julio de 2017, y desde 2019 dirigía la Sala Civil y Comercial.
Su salida no fue silenciosa. La magistrada consideró como “desacertadas y desconsideradas” las razones expuestas por el CNM, y sostuvo que la valentía no solo implicaba su restricción, sino “el colapso del Estado de Derecho”. En su misiva, denunció campañas de descrédito destinadas —según afirmó— a documentar la no ratificación.
Manuel Alexis Read Ortiz: la existencia como delegado central

En el caso del magistrado Manuel Alexis Read Ortiz, la razón de salida además fue la no ratificación, aunque sustentada en un argumento dispar: la existencia.
El Consejo Doméstico de la Magistratura ponderó —según consta en el certificado correspondiente— que, de ser confirmado, el magistrado ocuparía menos del 30 % del tiempo previsto constitucionalmente para un nuevo período en la Suprema Corte, cedido su cercanía con la existencia de retiro obligatorio establecida en el artículo 151 de la Constitución. Se trató, esencialmente, de un razonamiento técnico sobre la permanencia mínima requerida para un togado ratificado.
Read Ortiz, sin confiscación, es uno de los jueces de carrera más completos que ha pasado por la Suprema Corte en las últimas décadas. Doctor en Derecho por la UASD, con una preparado en Ciencias Penales por la Universidad de Costa Rica desde 1985, suma más de tres décadas de servicio procesal continuo.
Ha sido togado de paz en San José de Ocoa, togado presidente de salas civiles de primera instancia, presidente de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de Santo Domingo y titular del Tribunal Superior de Tierras del Área Central.
Fue designado togado de la Suprema Corte en 2017 y escogido presidente de la Tercera Sala en 2019.
Moisés Ferrer Landrón: un vallado impresionado por tensiones institucionales

Finalmente, el magistrado Moisés Ferrer Landrón cierra la serie de los cinco jueces que se despiden de la Suprema Corte de Imparcialidad. Su salida rebate además a la no ratificación, aunque su trayectoria flamante ha estado marcada por un conflicto institucional que en su momento llegó al Tribunal Constitucional.
Ferrer Landrón es titulado en Derecho por la UASD, con un amplio conjunto de maestrías y especializaciones en Derecho Burócrata, Derecho Constitucional, Procedimiento Civil, Derecho Penal y Estudios Políticos Electorales.
Su carrera procesal se vio expuexta en 2021 cuando el Tribunal Constitucional ordenó su reposición como togado titular de la Tercera Sala, tras determinar que su traslado a otra sala sin consentimiento vulneraba principios como la inamovilidad procesal, la seguridad jurídica y la independencia de los jueces. El Constitucional incluso impuso una astreinte de RD$10,000 diarios por cada día de retardo en ejecutar su reposición, lo que convirtió su caso en uno de los precedentes más emblemáticos en materia de protección procesal interna.
La valentía del CNM de no ratificarlo deja a espaldas un expediente procesal cargado de tensiones administrativas y constituye una salida que, aunque formalmente enmarcada en el procedimiento de evaluación, además cierra un capítulo con sus fricciones.






