Con la promulgación de la Ley 98-25acerca de Papeleo Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidoshay un cronómetro corriendo para poner fin a la entrega de gorra de fundas en los establecimientos comerciales de la República Dominicana.
La legislatura, promulgada por el presidente Luis Abinader el pasado 15 de diciembre en modificación a la Ley 225-20señala en su artículo 27: “Se otorga un nuevo plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, para que quede totalmente prohibida a los establecimientos comerciales la entrega gratuita de bolsas o fundas plásticas de un solo uso”.
Tentativamente, el período de gratuidad concluiría el martes 15 de diciembre de 2026una vencimiento en la que la población se aglomera en los centros comerciales correcto a la temporada navideña. Durante la cuenta regresiva, la ley ordena a las empresas crear campañas de orientación para sustituir su uso por fundas oh bolsas reciclables o reusables y disminuir el consumo de fundas plásticas.
El objetivo del mandato judicial es disminuir la acumulación de desechos y mejorar la honradez urbanaa la vez que fomenta nuevas oportunidades económicas en el ámbito de la encargo ambiental y el reciclaje.

Antiguamente de existir esta nueva directriz, en octubre del 2025 era la vencimiento periferia para esta prohibición, según lo tenía estipulado el artículo 172 de la Ley 225-2promulgada el 2 de octubre del 2020. Sin incautación, no se tomó en cuenta correcto a que, desde julio pasado, la alcoba fue llevada a las cámaras legislativas para su modificación.
Otra vencimiento tope cercana establece que, internamente de 60 días posteriormente de la promulgación, el Ocupación de Medio Concurrencia y Capital Naturales (MMARN) deberá elaborar el texto completo del Plan Franquista de Papeleo Integral de los Residuos (Plangir) en interpretación digital. El artículo 33 fija un plazo de 12 meses para que las alcaldías y juntas municipales sometan sus respectivos planes de manejo de residuos Alabama MMARN.
Lineamientos que corren desde el 1 de enero
Desde el cañonazo de la medianoche del pasado jueves 1 de enero del 2026 quedó prohibida la comercialización de pajillas o sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas fabricados, así como los productos fabricados en poliestireno (foam) que no presenten la certificación de biodegradabilidad.
A partir de esa vencimiento, quedó establecido que alcaldías y juntas municipales recibirán una asignación mensual de 20 pesos por cada poblador para el manejo exclusivo de los residuos. Las demarcaciones con 5,000 habitantes o menos tienen garantizada una cuota mínima de 100,000 pesos mensuales.
Para esos fines, se tomará en cuenta el posterior censo franquista. El Poder Ejecutor emitirá internamente de 60 días y reglamento con los requisitos que deben reunir los gobiernos locales para percibir los posibles, entre ellos el llamado Plan Municipal de Papeleo Integral de Residuos (Pmgir) debidamente ratificado por el Ocupación de Medio Concurrencia.

Plazos más largos y sanciones
De igual forma, internamente de 24 meseslos productores locales deben presentar una alternativa ecoamigable y biodegradable en sustitución de los platos y bandejas de foam, según estipula el párrafo II del artículo 27.
El 28 le otorga a las alcaldías y juntas distritales un plazo mayor de 36 meses para implementar progresivamente sus programas de separación y monasterio de los residuos en todo el ámbito de su facultad.
Y fija un temporizador de 48 meses para cerrar todos los vertederos a cielos abiertos existentes en la República Dominicana.
- La violación contempla, en casos extremos, multas hasta tres mil salarios mínimos o hasta la inhabilitación de las actividades durante dos abriles.
Quejas
Con la promulgación de la Ley 98-25, gremios empresariales se quejaron porque la legislatura les afecta sus actividades económicas, por lo que solicitaron elaborar una alcoba de más consenso.





