EL AUTOR es abogado y político. Reside en Santo Domingo.
Las Contrataciones de Riqueza, Servicios, Obras y Concesiones, podría representar un gran progreso para la República Dominicana si se limitara y controlara el estilo alegre de dar comisiones a los Ministros y Directores Generales, para defender la Casta Empresarial. La nueva ley 47-25 y su reglamento, continuará siendo un autor de desprestigio para los gobernantes.
La compañía pública no está facultada para contratar ni conseguir intereses y servicios que escapen al objetivo primario que le otorga la ley que crean los Ministerios o Direcciones Generales, porque afecta a los ciudadanos que acuden diariamente a solicitar servicios burocráticos que cada vez se hacen más dificultosos obtenerlos, porque los funcionarios dedican su tiempo a contratar y no a servir.
Se consumen mensualmente altas sumas de moneda del Presupuesto, en contrataciones de material gastable y refrigerios tales como, tonel de computadoras y cintas de maquinillas, gasolina, gasóleo,Importación de comida, flores, frutas secas, lujos, joyas, bebidas caras inquilinato de vehículos de motor, con choferes, servicios de internet y celulares, para satisfacer las avenidas de tapones, de funcionarios y empleados que deben estar en el interior de sus oficinas resolviendo solicitudes de la población. No obstante en las oficinas públicas no devuelven correos ni llamadas.
Los procesos de contrataciones públicas deben estar coordinados con el Empleo de Hacienda y el Empleo de Filial Pública y no por la Dirección de Contrataciones públicas, que está subordinado por clasificación administrativa a los Ministerios, para que sean llevados a término mediante estudios previos para avalar compras estratégicas y un real criterio de valencia por moneda y estabilidad a último costo, servicios complejos y enormemente especializados en los contratos.
Los criterios de dichas licitaciones son preparados por la institución pública interesada en realizar la contratación, y dichas bases son revisadas por la Dirección Común de Contrataciones, la cual, en sentido genérico, las revisa sutilmente por no tener fuerza para atreverse sobre la viabilidad o no del tesina, para validar los aspectos de procedimiento, y no de fondo, en razón de su subordinación al Ministro en cuestión.
El Director genérico de Contrataciones Públicas señaló que las contrataciones representan el 32 % del presupuesto genérico de la Nación. Y esa ejercicio afectará ampliamente la estabilidad económica de la República Dominicana, en traza de que esa no es su representación.
jaime668fernandez@gmail.com
JPM
Compártelo en tus redes:





