La pupila secuestrada en México a los 11 meses es devuelta a su superiora por las autoridades dominicanas.

Santo Domingo — Luego de completar un software especializado adaptado a su caso por el Tarea notorioEl Centro de Subvención de Víctimas, un Chica secuestrada en México y llevado a la República Dominicana fue devuelta a su superiora colombiana.

Su regreso al vientre de su superiora ocurrió hace unos días a posteriori de completar los procedimientos necesarios para la investigación sobre Miguel Antonio Torres Hernández y/o Kevin Héroe Wooden y/o Shaban Kuka, pronunciado de secuestro La pupila, a quien detuvo ilegalmente en México y trajo al país bajo una identidad falsa.

La víctima, que ahora tiene 4 abriles, estaba violentamente separada de su superiora biológica (de cuna colombiana) en Guadalajara, Jalisco, México, cuando tenía 11 meses.

El 23 de julio, la superiora de la pupila fue recibida en las oficinas de la Dirección Franquista de Niños, Adolescentes y Familias (DINNAF), pegado con una delegación de Interpol y el Unidad de Tráfico de personas y contrabando de la Policía Franquista. Ese mismo día, comenzaron los preparativos para el rescate de la pupila.

En una redada sobre la residencia de los acusados ​​en el sector de Bella Sagacidad, los fiscales rescataron, con el apoyo de los agentes de policía, la pupila, que vivía con otros dos niños, que igualmente fueron puestos bajo la protección del Consejo Franquista para Niños y Adolescentes (( Conani ).

Como parte de la investigación, el tarea notorio organizó un Prueba de ADN para ser realizado en el bebé y su superiora, que mostró una relación del 99.9%.

La oficina del Fiscal Genérico ordenó a la pupila que ingresara al software de protección de la víctima y los testigos adecuado a su estado extremadamente indefenso y la complejidad del proceso, hasta que pudiera regresar a Colombia con su superiora, a posteriori de restablecer el vínculo emocional entre ellos.

La oficina del fiscal del notorio expresó su agradecimiento a Interpolasí como para las autoridades mexicanas y colombianas, por su colaboración en la resolución de este caso, lo que destaca la importancia de la cooperación internacional en la combinación de crímenes transnacionales.

En el caso específico de la pupila, recordó que Torres Hernández era la pareja romántica de la superiora de la víctima y el supuesto padre biológico de la pupila. Sin secuestro, no figura como tal en el certificado de partida colombiano.

En un alucinación franco a México, el último fue detenido ilegalmente por Torres Hernández, quien cambió la identidad de la pupila y la transportó a la República Dominicana con documentos falsificadoshacerse suceder por ella y violar su integridad y derechos fundamentales.

La superiora informó el secuestro al Policía de Guadalajara en Jalisco, iniciando una investigación que condujo a la teledifusión de una orden de arresto internacional contra Torres Hernández, así como a la activación de un Alerta de ocre.

La oficina del fiscal notorio recordó que Miguel Antonio Torres Hernández, arrestado con el apoyo del OIPC-Interpol como resultado de una alerta ocre, está cumpliendo una sentencia de detención preventiva de tres meses en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Hombres de Najayo (CCR-17) en San Cristóbal.

Viviana Villarreal Cambero es nombrada coacusada en el caso. Participó activamente en el esquema ilegal para detener y hacerse suceder por el último. Actualmente igualmente figura como la superiora de la pupila en documentos falsificados. Como condición de fianza, el tribunal impuso una fianza de RD $ 800,000 a Villarreal Cambero a través de un anuencia, la prohibición de desistir el país y los informes periódicos.

Desde el 23 de julio de 2025, la Dirección Genérico de Creencia del Tarea Sabido, la Dirección Franquista de Niños, Adolescentes y Comunidad (DINNAF) y la Oficina del Fiscal del Distrito Franquista están investigando a Torres Hernández y Cúbero Villarreal por violar el Código de Sistema de Protección y Derechos Fundamentales de Niños y Adolescentes (( Ley 136-03 ), la ley en Tráfico ilícito de migrantes y tráfico de personas ( 137-03 ) y el código penal dominicano.

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