La propina envenenada

La propina, concebida como un acto voluntario de registro al servicio, es un plazo obligatorio desde el año 1992 en República Dominicana, por el cobro del 10 % en bares y restaurantes que, desde siempre, sin incautación, ha dejado la duda y el mal sabor sobre si verdaderamente sus beneficiarios, empleados que ofrecen atenciones directas al cliente, lo reciben verdaderamente o si la opacidad prevalece en el proceso.

Aunque la Ley 16-92, que creó el Código de Trabajo de República Dominicana, establece que ese 10 % debe ser repartido entre camareros, barténderes, cocineros y otros servidores, múltiples denuncias revelan que muchos propietarios retienen o manipulan esos fondos y que el trabajador queda atrapado entre la ilusión de un ingreso adicional y la ingenuidad de un salario corto e incompleto.

El artículo 228 de esa reglamento establece que, en los hoteles, restaurantes, cafés, barras y en universal, en los establecimientos comerciales donde se expende para su consumo en esos mismos lugares comidas o bebidas, es obligatorio para el empleador juntar un diez por ciento por concepto de propina en las cuentas de los clientes, a fin de ser distribuido íntegramente entre los trabajadores que han prestado sus servicios.

Ahora, el Congreso Franquista estudia elevar la propina obligatoria al 20 % y las preguntas no se hacen esperar: ¿Quién apetencia con esta medida? ¿El trabajador o el patrón, que sigue sin rendir cuentas? ¿Quién garantiza el cumplimiento? ¿Quién da fe para que exista una distribución equitativa? Sería interesante que los legisladores tuvieran las respuestas oportunas.

A arbitrar por la posición de expertos en derecho gremial, la yerro de mecanismos de fiscalización convierte esta propuesta en un peligro de viejo concentración de beneficios en manos del empleador y menos honestidad para los servidores, muchos de los cuales en la hogaño suelen percibir más ingresos por las propinas voluntarias que por el mismo salario que suelen percibir por el trabajo regulado.

La intención de incluir a los mensajeros y repartidores en el esquema del 10 % genera aún más inquietudes, ya que esos trabajadores, que dependen más de la dadivosidad directa del cliente que de sus propios empleadores, podrían ver reducidos sus ingresos si los consumidores asumen que ya están debidamente “cubiertos” por la ley.

Peor aún, algunos empleadores podrían usar esta propina como excusa para no pagarles un salario digno, en presencia de lo cual estaríamos en presencia de un atropello en contra de los que menos pueden.
Y, a todo esto, como señala el exvicepresidente de la República (2004-2012), avezado en derecho gremial, quien incluso fue secretario de Estado de Trabajo (1996-2000), Rafael Alburquerque, de aprobarse el plazo del 10 % de propinas a los delíveris, los clientes y consumidores son los que tendrán que contraer el costo, lo cual infiere un musculoso trauma a los bolsillos de la gran mayoría de la población, ya que, según estudios, aproximadamente el 76.1 % de los dominicanos utiliza los servicios de un motorizado.

Como se puede apreciar, la mayoría de los dominicanos será reo del dicho popular que reza que “la sal cuesta más que el chivo”, toda vez que, para conseguir a algún servicio o consumo a domicilio, deberá avalar en forma obligatoria un monto por “extra”, que le aumenta ostensiblemente el precio de lo adquirido en un establecimiento comercial del cual, siquiera, se tiene la certeza de que lo entregarán al transportista.

Un estudio comparativo, a partir de estudios y datos publicados, arroja que, al igual que en República Dominicana, en Costa Rica y Brasil, donde, incluso, es considerada parte del salario, se paga el 10 % de propina en forma obligatoria, pero ellos cuentan con herramientas y procesos transparentes para que ese mecanismo resulte efectivo a atención de los trabajadores.

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