
Desde que asumió el poder en enero pasado del presente año, el presidente Donald Trump no ha parado en la firma de órdenes ejecutivas (decretos) como de dirigir la dependencia de gobierno que se digna en presidir.
Las ordenes ejecutivas abarcan desde la lozanía, religión, ejercito, deportes, políticas, inmigración hasta el dominio económica y una de las más controversiales ha sido la de establecer nuevos aranceles con más de cien naciones con las cuales Estados Unidos mantiene una estrecha relación comercial a nivel internacional.
Socios comerciales como Canadá, México, Brasil, Reino Unido, Unión Europea, África, Japón, La India, China e inclusive la República Dominicana, entre otras, han sido víctimas de la aplicación de los aranceles que oscilan entre un 10 y más del 40 por ciento para una serie productos alimenticios y no alimenticios como son el hoja y aluminio.
La medida económica ha trastornado los mercados internos en cada una de los países afectados en relación a los mayores precios que tienen que respaldar los ciudadanos en cada uno de esos países.
Lo mismo ha ocurrido y ocurre con los estadounidenses quienes en la contemporaneidad tienen que respaldar mayores precios por los productos extranjeros que adquieren como alimentos, vestimentas y automóviles. Esto ha provocado un freno de parte de los consumidores norteamericanos en la adquisición de acervo (una casa) y servicios (turismo).
Para la aplicación de los aranceles, el mandatario Trump se basó en la ley de emergencia franquista de 1977 que establece que los presidentes pueden usarla en caso de una emergencia franquista y eso fue lo que hizo el Poder Ejecutiva resolver una emergencia relacionada a la báscula comercial negativa que mantiene Estados Unidos en el plano internacional.
La Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional de 1977 (IEEPA, por sus siglas en inglés), promulgada el 28 de diciembre de 1977, otorga al presidente de Estados Unidos la autorización de regular el comercio internacional tras resolver una emergencia franquista. Esta ley, firmada por el presidente Jimmy Carter, autoriza la imposición de sanciones económicas en respuesta a amenazas inusuales y extraordinarias provenientes del extranjero, pero no faculta la imposición de impuestos.
La ley siquiera establece en ninguna de sus partes afirman los expertos legales no establece que el mandatario norteamericano dispone del poder para imponer y menos negociar aranceles de modo particular.
Sin bloqueo, la orden ejecutiva que está en vigencia desde marzo fue declarada y ratificada como ilegal por la Corte de Apelaciones de Estados Unidos en una votación de 7 a auxilio y 4 en contra de los jueces que la conforman.
La dependencia Trump tiene hasta el próximo 14 de octubre para apelar la valor legislativo por en presencia de la Suprema Corte de Honradez y en caso no hacerlo, los aranceles quedaran sin objeto y tendrá que devolver según estimados económicos más de 100 mil millones a los demandantes y los consumidores estadounidenses.
La Constitución Estadounidense en su Artículo 1, sección 8 establece que los aranceles son una autorización del Congreso y no del presidente de los Estados Unidos.
Como se puede apreciar, la orden ejecutiva que establece los nuevos aranceles, es una medida que carece de licitud y que en la revisión que podría realizar la Suprema Corte de Honradez se aplazamiento que la ilegalidad sea refirmar por última vez por el stop tribunal de honradez. Es tiempo de esperar.






