Un maestro ignorado cita un documentación de Ars Technica: La Corte Suprema está atendiendo un caso sobre si Paramount violó la Ley de Protección de la Privacidad de Vídeo (VPPA) de 1988 al revelar el historial de visualización de un sucesor a Facebook. El caso, Michael Salazar v. Paramount Mundial, expedición en torno a la definición legítimo de la palabra “consumidor”. Salazar presentó una demanda colectiva contra Paramount en 2022, alegando que “violó la VPPA al revelar su información de identificación personal a Facebook sin consentimiento“, decía la petición de Salazar a la Corte Suprema. Salazar se había suscrito a un boletín informativo en camino a través de 247Sports.com, un sitio propiedad de Paramount, y tuvo que proporcionar su dirección de correo electrónico en el proceso. Salazar luego usó 247Sports.com para ver videos mientras estaba conectado a su cuenta de Facebook.
“Como resultado, Paramount reveló su información de identificación personal, incluida su identificación de Facebook y los videos que vio, a Facebook”, dijo el documentación. petición (PDF) dijo. “Las divulgaciones se produjeron automáticamente conveniente al Facebook Pixel Paramount instalado en su sitio web. Facebook y Paramount luego utilizaron esta información para crear y mostrar publicidad dirigida, lo que aumentó sus ingresos”. El ley de 1988 (PDF) define al consumidor como “cualquier alquilado, comprador o suscriptor de capital o servicios de un proveedor de servicios de cintas de video”. La frase “proveedor de servicios de cintas de vídeo” se define para incluir a los proveedores de “cintas de vídeo pregrabadas o materiales audiovisuales similares” y, por lo tanto, podría decirse que se aplica a poco más que a los vendedores de cintas.
La cuestión legítimo para la Corte Suprema “es si la frase ‘capital o servicios de un proveedor de servicios de cintas de vídeo’, tal como se utiliza en la definición de ‘consumidor’ de la VPPA, se refiere a todos los capital o servicios de un proveedor de servicios de cintas de vídeo o sólo a sus capital o servicios audiovisuales”, decía la petición de Salazar. La Corte Suprema concedió su petición (PDF) para escuchar el caso en una serie de órdenes publicadas ayer. (…) SCOTUSblog dice que “el caso probablemente será programado para audiencia hablado en el período 2026-27 del tribunal”, que comienza en octubre de 2026.





